Título IV PLANEACION Y ORGANIZACION
DEL SERVICIO DEL POLICIA.
CAPITULO I. PLANEACION DEL SERVICIO
Artículo 121. Planeación del Servicio
El Comandante de la unidad policial será el
responsable de la planeación y distribución
de los servicios , teniendo en cuenta las
iniciativas más relevantes para cumplir con
el Plan Estratégico Institucional , las metas
institucionales , en coherencia con los
imperativos estratégicos , para lo cual
formulará su propio plan de acción con sus
respectivos niveles de despliegue .
Todos los planes de acción se
diseñan en forma específica
para cada unidad , es decir ,
dependiente de los objetivos y
los recursos; cada jefe de
unidad presenta su plan de
acción adecuado a sus
necesidades y metas .
Artículo 122. Memoria local y Topográfica
Es un documento que sirve de insumo para
la planeación y organización del servicio de
policía .
Contiene información amplia y detallada
de todos los aspectos geográficos de la
jurisdicción y los políticos , sociales ,
económicos , delincuenciales y
contravencionales de la comunidad que
recibe el servicio
Artículo 123. Definción de plan en el
marco del Servicio de Policía
Un plan es un conjunto organizado y metódico de
actividades previstas para realizar una operación policial
o adelantar un procedimiento administrativo .
Debe ser escrito , dinámico , puede ser modificado ,
perfeccionado o actualizado , mediante evaluaciones ,
análisis y estudios permanentes formulados al nivel
adecuado .
Artículo 125. Aspectos a
tener en cuenta en la
elaboración de los Planes
de Seguridad Ciudadana
La elaboración de estos planes debe estar
fundamentada en el reconocimiento de los
factores generadores de violencia y en
información sobre los fenómenos
delincuenciales propios de cada departamento
y/o municipio , siendo coherente y coordinada
con las instituciones pertinentes .
Artículo 126. Implementación y
seguimiento de los Planes de
Seguridad
La implementación y seguimiento de los Planes corresponde a las autoridades de Policía y se
desarrolla de manera conjunta a través de las Secretarías de Gobierno de los departamentos y
municipios y demás agencias de seguridad y justicia del Estado que funcionan en cada jurisdicción .
Artículo 124. Plan de Seguridad Ciudadana
Define acciones para desarticular
la delincuencia y contrarrestar los
hechos de violencia .
Artículo 127. Área de Información
Estratégica Policial (AINPO)
Es la dependencia de la Dirección
de Seguridad Ciudadana encargada
de brindar apoyo integral ,
sistemático y efectivo a la Dirección
General
Artículo 128. Centro de Información Estratégica
Policial Seccional (CIEPS)
Es la dependencia policial del Subcomando de Policía
Metropolitana o Departamento de Policía encargada de alimentar y
mantener actualizadas las bases de datos cartográficos y del SIGEP
Artículo 129. Alcance de los CIEPS
Estos centros de información son
fundamentales para determinar y
orientar los planes de seguridad hacia la
prevención y disminución de los delitos
que más estén afectando a la población.
Artículo 131. Centro
Automático de Despacho “CAD”
Es la dependencia policial del
Subcomando de Policía
Metropolitana o Departamento de
Policía, encargado de desarrollar el
proceso de atención de los diferentes
motivos de policía a través de la
recepción de información por las
líneas y números de emergencia
utilizados por la Policía
Artículo 132. Conformación
jefe del centro de despacho
jefe de turno
radioperadores
Funcionarios policiales encargados de monitorear las cámaras.
Funcionarios policiales encargados de las redes de apoyo.
Funcionarios policiales encargados de la recepción
de las llamadas de los ciudadanos
Artículo 133. Comité de Vigilancia
Es una reunión operativa policial con participación del
personal uniformado en todas las categorías , con el fin
de analizar las estadísticas y la problemática
delincuencial y contravencional de la semana anterior