Entra en vigor a partir del
primero de enero de 2013,
La estructura del actual estado de resultados se cambiará
de manera importante y por ende los análisis financieros
El CINIF establece
(NIC 1) ,que los Otros Resultados
Integrales (ORI) deben presentarse
enseguida de la utilidad o pérdida neta
Los ORI son parte de los
ingresos, costos y gastos que
en un periodo afectan el
capital contable de la entidad
Por lo tanto, la segregación
de esas partidas desvirtúa la
base del análisis financiero.
La NIC 1 no permite la
presentación de partidas
extraordinarias en forma
segregada como la hace
actualmente la NIF B-3
La presentación del resultado integral
EN UN ESTADO: Deben presentarse en un
único documento todos los rubros que
conforman la utilidad y pérdida neta, así
como los ORI y la participación en los ORI de
otras entidades y debe denominarse:
ESTADO DE RESULTADO INTEGRAL.
En dos estados
Primer estado: Debe incluir únicamente
los rubros que conforman la utilidad o
pérdida neta y debe denominarse:
ESTADO DE RESULTADOS.
Segundo estado: Debe partir de la utilidad o pérdida
neta con la que concluyó el estado de resultados y
presentar enseguida los ORI y la participación en los
ORI de otras entidades, este debe denominarse:
ESTADO DE OTROS RESULTADOS INTEGRALES.
Los cambios principales se establecen
en la presentación de los ORI, los
cuales se deben reflejar enseguida de
la utilidad o pérdida neta,
No deben presentarse en
forma segregada partidas
como no ordinarias
Se considera que los otros ingresos y
gastos no se deben incluir en partidas
consideradas como operativas
Las disposiciones de la nueva NIF B-3 son aplicables a
todas las entidades lucrativas que emiten estados
financieros en los términos de establecidos por la NIF
A-3 denominada NECESIDADES DE LOS USUARIOS Y
OBJETIVOS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS
Estructura
Debe incluir como mínimo, cuando
proceda, los siguientes rubros y
niveles de utilidad o resultados
Ventas o ingresos, netos
Costos y gastos (atendiendo a la clasificación empleada)
Resultado integral de financiamiento
Participación en la utilidad o pérdida de otras entidades
Utilidad o pérdida antes de impuestos a la utilidad
Impuestos a la utilidad
Utilidad o pérdida de operaciones continuas
Operaciones discontinuadas
Utilidad o pérdida neta
Otros resultados integrales (excluyendo los importes a los que se hace referencia en el inciso Anterior)
Participación en los otros resultados integrales de otras entidades