Cuáles son las características de los conflictos de trabajo
Este tipo de controversias son muy numerosas, algunos ejemplos de ellas son las siguientes:
a) Las controversias nacidas de un despido injustificado.
b) Los conflictos por el incumplimiento de un contrato colectivo.
c) Los conflictos derivados de una revisión contractual que terminan en una
d) huelga.
Entre patrones y trabajadores.
Entre patrones
Entre trabajadores
Entre sindicatos
Entre Sindicatos y terceras personas
2. ATENDENDO A LOS
INTERESES EN PUGNA
Conflictos
Individuales:
Annotations:
Afectan
el interés particular de cada uno o varios trabajadores.
Ejemplo. Descuento.
Conflictos
Colectivos
Annotations:
Afectan
el interés sindical, gremial, de los trabajadores.
Ejemplo: Negativa
patronal a celebrar un contrato de trabajo
Conflictos Jurídicos
Annotations:
Nacen
por la aplicación e interpretación de las normas de trabajo. Ejemplo: inconformidad
con el pago de tiempo extraordinario
Conflictos de Orden Económico
Annotations:
Se refiere a la modificación
de las condiciones laborales, o bien, a la suspensión o terminaciónde la Relación Laboral
3. ATENDIENDO A LA
NORMA JURÍDICA
Por violación de un derecho
Por inexistencia de
condiciones
Por violación de una norma
Desequilibrio de los factores
de producción.
Etimología y concepto de Conflicto de
Trabajo. Etimología: Se deriva de la voz
latina confligere, que significa combatir y,
Qué es un conflicto de trabajo? R= Son las
controversias que se suscitan en ocasión o
con motivo de la formación, modificación
e incumplimiento de las relaciones
individuales o colectivas de trabajo .
Causas de los conflictos de
trabajo 1. Son las causas
económico-sociales, de las
contradicciones existentes.
2. Los abusos y opresión
hacia la clase trabajadora
Cuáles son los Medios
para resolver los
conflictos de trabajo
Annotations:
1. Conciliación
Es un sistema en el que se utilizan los servicios de una tercera
parte, de carácter neutral para que ayude o facilite a allanar las
diferencias y lograr un acuerdo.
2. Arbitraje
Tiene como finalidad la solución del conflicto, pero las partes
nombran de común acuerdo a un tercero que emite un fallo, en el que los
vincula de manera obligatoria.