Viaja al interior, al campo, y desde los 14 años vive de su
trabajo
Convive largos años con Charr{as y
Guaran{ies
Conoce la necesidades de criollos, mestizos, negros,, y pueblos
originarios
Conoce los avances y permanentes azotes del Imperio del
Brasil
Conoce las tareas rurales y se hace ducho
jinete
Se incorpora al Regimiento de Blandengues (aún español), como soldado raso en 1797 con 33
años
En 1811, deserta del mismo para incorporarse a las tropas revolucionarias que sitian Montevideo (último bastón realista en el Plata)
Adquiere el Grado de Tte. Coronel de los ejércitos patriotas
Participa de la " Alarma General" o "Grito de Asencio" de los orientales
Participa activamente en el desplazamiento de las tropas virreinales de Mercedes, Soriano y Alborada
En abril del 1811 lanza la "Proclama de Mercedes" y asume el mando de las tropas orientales
Vence a los realistas en "Las Piedras" y es proclamado "Jefe de los Orientales"
Se une al Sitio de Montevideo
Buenos Aires firma en octubre un armisticio con los españoles y Artigas se opone al levantamiento del Sitio que hacen los porteños
Artigas junto al pueblo oriental del campo y buena parte de Montevideo comienza el "Éxodo Oriental"
Establece su campamento en "Ayuí Grande" (cerca de Concordia, Entre Ríos) y proclama la "Provincia Oriental" (que deja de depender de Bs. Aires) y la fija con Gobierno Federal
Bs. Aires convoca a la Asamblea que será en el año XII- Artigas hace elegir en cada pueblo libre sus diputados por la Banda Oriental
Luego de la elección dicta sus famosas "Instrucciones a los diputados orientales". Uno de
los tres instrumentos en que se plasma el ideario artiguista
Bueno Aires rechaza a los diputados orientales con pretextos formales sobre su
modo de elección pero en realidad es por el contenido político de las mismas
instrucciones que implican un proyecto Federal, Republicano y Popular
Su gobierno, siempre de Campaña, "sin capital", fue
ampliando su influencia en el interior del litoral y llega a
controlar con sus tropas, La Banda Oriental, Entre Ríos,
Corrientes, Santa Fe y parte de Córdoba
En 1814 José Artigas organizó la
Unión de los Pueblos Libres, de
la que fue declarado "protector"
En mayo de 1815, Artigas instaló su
Campamento de Purificación, unos cien
kilómetros al norte de la ciudad de Paysandú.
El Campamento de Purificación se transformó
de capital de la Liga Federal que adoptó la
bandera de Belgrano,añadiéndole un festón
diagonal punzó, siendo el rojo punzó desde
entonces el signo del federalismo en la
Argentina. Artigas la llamó "Pabellón de la
Libertad"
Bandera diseñada por Artigas para la Liga Federal en
1815.
El 29 de junio de 1815 se reunió en Concepción del Uruguay, Entre Ríos, el
«Congreso de los Pueblos Libres» llamado Congreso de Oriente.
En ,el Congreso del "Arroyo de la China" (Concepción del Uruguay), en la sesión inaugural del 29 de junio
de 1815 se realizó una declaración de independencia nacional de las provincias de Córdoba,
Corrientes, Entre Ríos, Misiones, Santa Fe y la Provincia Oriental de todo poder extranjero, aunque
esta posición no puede ser demostrada documentalmente debido a que las actas del congreso —si
es que las hubo— se habrían perdido.
Este congreso sancionó el 10 de septiembre de 1815 un Reglamento Provisorio de la Provincia Oriental
para el fomento de su campaña y seguridad de sus Hacendados
Es el Segundo Documento que expresa el pensamiento político de Artigas
Fue la primera reforma agraria de América Latina, ya que expropiaba las tierras y las repartía
entre los que la trabajaban «con la prevención que los más infelices sean los más privilegiados»
Pero fue una reforma inteligente en tanto solo "expropiaba tierras de propietarios que la habían ababndonado y
no la explotaban. Lo que permitía justificar apropiadamente y sin "quejas". Se los de " emigrados, europeos y
malos americanos"que no producen ni dan trabajo y son, por tanto, enemigos de la Revolución. Se trataba en
realidad de propietarios afincados en otras plazas que sólo "especulaban con los cueros de ganado, en general, cimarrón
Los propietarios expropiados surtirían con ganado a los
beneficiados del reparto de tierras. Los nuevos beneficiados,
tenían como carga y contraprestación, el afincamiento y la
explotación integral de las tierras y el ganado
Según el Artículo 6 y 7, los beneficiados serían “los más infelices”,
apreciando a los negros libres, los zambos, los indios y los criollos
pobres. También, los agraciados podrían ser las viudas pobres con hijos
Según el Artículo 11, cada beneficiado debería formar,
obligatoriamente, un rancho y dos corrales en el término de
dos meses, los cuales eran extensibles a tres. Quién no
cumpliese, se le extraería el terreno y sería donado a otro
vecino más laborios
Evitaba el minifundio. Los terrenos, tenían
determinada extensión, que consistían en “legua
y media de frente, por dos de fondo”. Se prohibía
la venta o "regalo" de los terrenos recibidos
El ganado no podía exportarse "en pie", no se
podía faenar vientres hasta que se rehiciese el
stock ganadero y se prohibía la exportación y
venta deganado sin marca del dueño del animal
Se reservaban tierras fiscales
para rentas generales y
pastura de caballos
Se establecían autoridades
para cuidado de la ley, los
vecinos y la seguridad
INSTRUCCIONES A LOS DIPUTADOS ORIENTALE A LA ASAMBLEA DEL
AÑO XIII -
Documentos clave en el pensamiento de
Artigas
Más Controversiales resultan el artículo 3° "Libertad Religiosa y política" y los arts. 14 y 15. Estos exiguían libre
comercio para los puertos de Maldonado y Colonia, bajo la custoidia de tropas de Su Majetad Británica . Ambos,
puntos contradictorios con el accionar real de Artigas.-Adjunto, en este nodo, el estado de la controversia
Annotations:
Existen - sostiene José Marías Rosa, basándose en investigaciones del enorme historiador oriental, Washinton Reyes Abadie - controversias, sobre el texto de las instrucciones que, en definitiva, "se desconocen de modo exacto" Hasta entonces solo existia una versión. La que resultó controversial. Sin embargo, existen dos versiones más (una que sería copia fiel y
transcripción del Reglamento, ante notario oficial del Cabildo de Santa Fe, que varía en algunos artículos, particularmente los mencionados en este nodo (3,14 y 15). diciendo lo opuesto y otra, también diversa ,otorgadas por el Cabildo de Soriano a su
diputado y que ambas habrían estado en conocimiento de Artigas y cuyo estudio
ameritó varias hipótesis dignas de constituir “tesis” doctorale en sí mismas.. Básicamente nos referimos a las diferencias existentes. Al respecto, puede decirse que el art. 3°, de Freguiero, que
declara “Promoverá la libertad civil y religiosa en toda la extensión posible” se opone al texto del Cabildo de Soriano,
que si bien repite el 3° , agrega un 4°) “No admitirá otra religión que la católica, que profesamos” y, en la versión de Santa Fe,
directamente se suprime el artículo 3 de Freguiero y se lo reemplaza por el que reza: “La Religión Católica, Apostólica, Romana, será la
preponderante y no admitirá otra “. Esta controversia sigue abierta hoy día. Del mismo modo, respecto de la cuestión del "libre comerdio" aue,
igual que versión de Fregueiros qice: "... que se abrirán al libre comercio los puertos de Maldonado y lo mismo se solicita para Colonia" y qué para garantizar el libre tráfico, se
se encargue a S.M.B
la custodia de este postulado.
Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurren a
la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la
correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al
comandante de las fuerzas de Su Majestad Británica sobre la apertura de aquel puerto para que proteja
Ambos arguntos porían tener más origen en las necesidades económica de una larga campaña o bien ser falsas, pero lo cierto es que hay nueve artículos comunes en las diversas versiones que quedan fuera de discusión.
Independecia, República Ciosntitucional, Federalismo por
stapas
Supresión de Impuestos comercio entre las
provincoas
Ayuda Mutua, Igualdad entre las provincias y posibilidad de armar su
milicias
Capital fuera de Buenos
Aires
Escudo diseñado por el propio Artigas en 1815 para representar a la Provincia Oriental en la Liga
Federal. Se destacan los motivos indígenas en alusión de la simpatía que el prócer oriental sentía
por ellos.
Congreso de Tucumán y Congreo de los Pueblos
Libres
Bandera de
Artigas
Se explica
históricamente
“Buenos Aires había perdido el rumbo: la Asamblea
legislaba fuera de la realidad, o tal vez ocultando
deliberadamente la realidad. ¿Dónde estaba el fermento
popular, criollo, que había hecho posible la Revolución de
Mayo? ¿Dónde la nacionalidad que justificaba una Guerra
por la Independencia? Seguramente no estaba en esa
asamblea de doctores y presbíteros que votaba en público,
aquello que había resuelto en tenidas secretas….sus logias
hablaban mucho de Estado pero nada sabían de
Nación….repetían leyes trasnochadas de la Corte de
Cádiz….el pueblo había sido desplazado…” (Rosa, José
María – Historia Argentina-TIII – Ed. Oriente, Buenos Aires,
1963 pág.54 )
“Pero la Revolución nacionalista – toda nacionalidad viene del
pueblo – iniciada el 25 de mayo y detenida en Buenos Aires,
renacería en el interior; Artigas y el pueblo oriental serían sus
primeros intérpretes. La nacionalidad argentina, en una expresión
definidora: el federalismo. La ´Patria Grande´. La liga de patrias
chicas municipales” (Rosa, José María – Historia Argentina-TIII – Ed.
Oriente, Buenos Aires, 1963. Pág.57)
“ … (La de Buenos Aires) era una revolución estudiada en libros, de instituciones
postizas, donde el pueblo eran solamente los principales y la Patria, una
entelequia retórica. Era una clase social de pudientes o intelectuales para
quienes lo que no estuviese en los libros de Rousseau y Reynal, o no se inspirase
en el constitucionalismo de Daunou, o por lo menos de Jefferson era
incomprensible y, por lo tanto repudiable, bárbaro, enfrentada a un pueblo de
gaucho o urbanos, clérigos y propietarios, indios y negros, con un Jefe que
hablaba y sentía por ellos. Una realidad americana que no estaba escrita en
ningún lado pero que vivía, alentaba y se imponía. (Rosa, Ibíd. Pág. 57)
CONCEPTUALMENTE
SIGNIFICA
Independencia de las
provincias de toda potencia
extranjera
Proyecto confederativo y republicano dadas
las necesidades de los pueblos del interior
sucesivas articulaciones en un segundo y tercer nivel asambleario (provincias compuestas de
pueblos libres con su terminal integración en el sistema confederacional)
Conciliar el legado de participación directa, cabildeano, o comarcano, con el de
una república democrática, igualitaria e independiente.
Una representación política de tipo constitucional, con fuerte inserción una fuerte
inserción en las tradiciones, creencias y culturas populares y entendía como
imprescindible, la integración de las capas étnicas y sociales marginadas.
Respeto de las libertades civiles y
religiosas
Párrafo especial merece su pretensión de expropiar las tierras sin laboreo o que
perteneciera a los enemigos de la revolución o malos americanos, para repartirlos
entre los negros libres, los zambos, los indios, los criollos pobres y todos aquellos que
puedan trabajarlas.
En términos actuales sería " JusticiaJ
Social"
La idea de Artigas consistía en pasar de las Antiguas dependencias intendenciales a provincias
autónomas absolutamente federales y manteniendo sus derechos confederales en cesiones de
facultades crecientes en el tiempo, desde el poblado a la provincia confederada (Patria Grande)
mediante sesiones progresivas de facultades por vía constitucional y republicana (única que entendía
aplicable a nuestro país) que mantuviera la capacidad de cada provincia de defender sus intereses y
su igualdad absoluta frente al resto (Mañas de Ruiz, conceptual, Op. Cit.)
Consevando las autonomías provinciales y la libertad de los
Pueblos
Organización Republicana con tres poderes
definidos
Reforma agraria para que los más desfavorecidos sean los más
beneficiaados
Glosado de los apuntes de clase; Del
Material bibliográfico de Mañas de Ruiz,
Carmen. UN MOMENTO EN EL IDEARIO DE
ARTIGAS: LAS INSTRUCCIONES ORIENTALES
DEL 13 DE ABRIL PARA LA ASAMBLEA
GENERAL CONSTITUYENTE.
APROXIMACIÓN A NUEVOS CONCEPTOS DE
ANÁLISIS- En Revista de Historia
Americana y Argentina, Nª 39, 2002, U.N.
de Cuyo;