INFORMATICA JURIDICA

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15 DE AGOSTO DE 2015
taty635
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INFORMATICA JURIDICA

Annotations:

  • Ciencia que forma parte de la informática, aplicada al derecho mediante la utilización de los recursos informáticos (hadware-software) para el mejoramiento de los procesos en el ámbito jurídico.
  1. Ciencia
    1. consiste

      Annotations:

      • en el uso de software y hardware informático como instrumentos del derecho.
      1. origen

        Annotations:

        • La primera aplicación de una máquina de cálculo al ambiente jurídico se realizó en la Cámara de Representante del estado de Ohio (EE.UU.) en 1938, con el uso de una máquina de tarjetas perforadas para el control y seguimiento de las iniciativas de ley presentadas. 
        1. evolucion

          Annotations:

          • La Informática Jurídica tuvo su comienzo cuando en los años cincuenta se desarrollan las primeras investigaciones para buscar la recuperación de documentos jurídicos en forma automatizada. De esta manera, se comienzan a utilizar las computadoras u ordenadores ya no para trabajos matemáticos, sino también para los lingüísticos. 
          1. CLASIFICACIÓN DE LA INFORMÁTICA JURÍDICA
            1. LA INFORMÁTICA JURÍDICA DOCUMENTAL.

              Annotations:

              • La Informática Jurídica Documentaria constituye el área más antigua de la informática jurídica; radicando sus orígenes en los trabajos de John Horty en la Universidad de Pittsburg.. Esta parte de la informática jurídica se desarrolla con la finalidad de expandir los sistemas de documentación automatizada, por cuanto es evidente en la actualidad que los campos de conocimientos reflejados en textos; es decir, en volúmenes documentarios, ha crecido y expandido tanto, que los métodos tradicionales de búsqueda documentaria han quedado totalmente obsoletos.
          2. DERECHO INFORMATICO

            Annotations:

            • El derecho informático se define como un conjunto de principios y normas que regulan los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre el Derecho y la informática. 
            1. DIFERENCIAS

              Annotations:

              • A diferencia de la informática jurídica, que es una rama de la informática dedicada a las ciencias jurídicas, el derecho informático es una rama del derecho, que nace recientemente.
              1. OBJETO DE ESTUDIO

                Annotations:

                • El objeto inmediato de estudio lo constituye la tecnología informática, cuyas implicaciones económicas, sociales, culturales y políticas son profundas y evidentes, por lo que el Derecho no puede desatenderse de regularla y de captar adecuadamente dicha realidad. 
                1. Metodología Específica

                  Annotations:

                  • En cuanto a la metodología específica, los problemas que plantea la informática y la telemática exigen para su comprensión contar con específicas categorías conceptuales y metódicas aptas para su interpretación. 
                  1. FUENTES

                    Annotations:

                    • Las normas jurídicas que integran el Derecho de las Tecnologías de la Información cuentan con fuentes formales emanadas principalmente de la potestad legislativa y la jurisprudencial, sin olvidar a la potestad normativa de los particulares en el caso de la contratación informática.
                    1. Avances tecnológicos y el Derecho

                      Annotations:

                      • El contenido del Derecho de las Tecnologías de la información, basado en las problemáticas más destacables y desarrolladas en la literatura nacional y extranjera, lo podemos estructurar de la siguiente manera (haciendo presente que tales temas responden más a un orden pedagógico que a uno doctrinal): 1. El valor probatorio de los soportes modernos de información, provocado por la dificultad en la aceptación y apreciación de elementos de prueba derivados de estos soportes entre los órganos jurisdiccionales. 2. La protección de datos personales, ante el manejo inapropiado de informaciones nominativas que atentan contra derechos fundamentales de las personas. 3. Los delitos informáticos, es decir, la comisión de verdaderos actos ilícitos en los que se tenga a los computadores como instrumentos o fines. 4. El flujo de datos transfronterizos, con el favorecimiento o restricción en la circulación de datos a través de las fronteras nacionales. 5. La protección de los programas computacionales, como respuesta a los problemas provocados por la piratería de software que atenta contra la propiedad intelectual. 6. Los contratos informáticos, en función de esta categoría contractual sui generis con evidentes repercusiones fundamentalmente económicas. 7. La regulación de los bienes informacionales, en función del innegable carácter económico de la información como producto informático. 8. La ergonomía informática, como aquellos problemas laborales suscitados por la informatización de actividades.
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