Esta Ley hace
referencia al estatuto
orgánico del
presupuesto general
de la nación.
PRIMER NIVEL: Las ramas
legislativa y judicial, el Ministerio
Público, la Contraloría General de la
República, la organización electoral,
y la rama ejecutiva del nivel
nacional.
SEGUNDO NIVEL: Fijación de
metas financieras incluyendo al
sector público y la distribución
de los excedentes financieros.
Esta formado por:
Plan financiero
Se encarga de las
operaciones
efectivas de las
entidades.
Plan operativo anual
de inversiones
Asume los
proyectos de
inversión según su
clasificación.
Presupuesto anual
de la nación
Va relacionado
con el plan
operativo de
inversiones.
PRINCIPIOS PRESUPUESTALES
Planificación
Anualidad
Universalidad
Unidad de caja
Inembargabilidad
Homeóstasis
presupuestal
Control del crecimiento económico, para
evitar desequilibrio macroeconómico
Las rentas establecidas en el
presupuesto general de la
nación.
Recaudo de las rentas
Programación integral
Gastos de inversión
Totalidad de los gastos
públicos
Comienza el 1 de Enero y
termina el 31 de Diciembre
Deberá tener relación con los
planes del presupuesto.
CONFIS
Esta vinculado al
Ministerio de Hacienda
y Crédito Público.
Será el rector de la
política fiscal y
coordinará el sistema
presupuestal.
Aprobar, modificar y
evaluar el plan financiero
del sector público.
PRESUPUESTO DE RENTAS Y
RECURSOS DEL CAPITAL
Ingresos corrientes
Tributarios
Impuestos directos e
indirectos.
No tributarios
Tasas y multas.
PRESUPUESTO
DE GASTOS O
LEY DE
APROPIACIONES
Los gastos de
funcionamiento,
del servicio de la
deuda pública y de
los gastos de
inversión.
PREPARACIÓN DEL
PROYECTO GENERAL DE LA
NACIÓN
El gobierno elabora
anualmente el proyecto
El Ministerio de Hacienda
y Crédito Público según el
Departamento Nacional de
Planeación, prepararán el
plan financiero.
PREPARACIÓN DEL
PRESUPUESTO
PUBLICO AL
CONGRESO
El Gobierno Nacional
presentará a las
comisiones económicas
de Senado y Cámara cada
año, durante la primera
semana del mes de abril
El anteproyecto del presupuesto anual de rentas y gastos
que presentará en forma definitiva a partir del 20 de julio al
Congreso.
ESTUDIO DEL PROYECTO DE
PRESUPUESTO GENERAL DE LA
NACIÓN POR EL CONGRESO
El Banco de la República dará su opinión
sobre el impacto macroeconómico y
sectorial del déficit y del nivel de gasto
propuesto.
REPETICIÓN DEL PRESUPUESTO
Si el Proyecto de Presupuesto
General de la Nación no se llega a
presentar en los primeros diez
días de sesiones ordinarias.
El Gobierno Nacional
expedirá el decreto de
repetición antes del 10
DE Diciembre.