Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario de acuerdo a la normatividad vigente

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Estructura funcional del servicio farmacéutico hospitalario de acuerdo a la normatividad vigente
  1. RESOLUCIÓN NÚMERO 1403 DE 2007
    1. Las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud ofrecerán a sus pacientes hospitalizados, los servicios relacionados con medicamentos y dispositivos médicos que requieran.
      1. Dicha prestación puede ser propia o contratada
        1. Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Elaboración, expedido por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA
          1. Para el reempaque y/o reenvase de medicamentos dentro del Sistema de Distribución de Medicamentos en Dosis Unitaria, para los pacientes hospitalizados y/o ambulatorios en casos especiales
      2. Estructura Física
        1. Estará ubicado en un área de la Institución Prestadora de Servicios de Salud de fácil acceso y de unas medidas determinadas
          1. Alejados de contaminación y ruidos inmoderados
          2. Condiciones locativas
            1. Deben contar con un área física independiente, de circulación restringida, segura y permanecer aseados y ordenados.
              1. Pisos, Paredes, Techos, Áreas de almacenamiento, Iluminación, Instalaciones eléctricas, Ventilación, Condiciones de temperatura y humedad y Criterios de almacenamiento.
            2. Áreas
              1. Servicio farmacéutico hospitalario de baja complejidad
                1. Área administrativa, Área de recepción de medicamentos y dispositivos médicos, Área de cuarentena de medicamentos, Área adecuada para almacenamiento, Área independiente y segura para el almacenamiento de medicamentos de control especial, Área para la dispensación de medicamentos y entrega de dispositivos médicos, Área debidamente identificada para el almacenamiento de medicamentos que deben ser destruidos o desnaturalizados, por vencimiento o deterioro, Área destinada para el almacenamiento de productos rechazados, devueltos y retirados del mercado, Área para manejo y disposición de residuos, de acuerdo con la reglamentación vigente.
                2. Servicio farmacéutico hospitalario de mediana y alta complejidad
                  1. Adicional:
                    1. Área independiente y diferenciada para la elaboración de una o varias de las preparaciones magistrales siguientes: mezcla de nutrición parenteral; mezcla y/o adecuación y ajuste de concentraciones de medicamentos oncológicos; preparaciones estériles; adecuación y ajuste de concentraciones de otros medicamentos para cumplir con la dosis prescrita y radiofármacos.
              2. DOTACIÓN DEL SERVICIO FARMACÉUTICO HOSPITALARIO
                1. Estará dotado de los equipos; instrumentos; materiales; literatura científica disponible aceptada internacionalmente; soporte bibliográfico actualizado sobre estabilidad y compatibilidad; y la farmacopea de base oficialmente adoptada en Colombia, necesarios para el cumplimiento de los objetivos de las actividades y/o procesos que realiza.
                2. RECURSO HUMANO DEL SERVICIO FARMACÉUTICO HOSPITALARIO
                  1. Contará con personal de las calidades señaladas en la normatividad vigente para el ejercicio de sus funciones y en número que garantice el cumplimiento de los procesos propios de dicho servicio que se adelanten en la institución.
                  2. Dirección
                    1. Alta y mediana complejidad
                      1. Estará dirigido por un Químico Farmacéutico.
                      2. Baja complejidad
                        1. Estará dirigido por un Químico Farmacéutico o un Tecnólogo en Regencia de Farmacia.
                        2. artículo 446 de la Ley 09 de 1979
                          1. Dirección excepcional: La dirección del servicio farmacéutico hospitalario de baja complejidad podrá ser ejercida por un auxiliar en servicios farmacéuticos, en aquellas áreas especiales carentes de facilidades de acceso a los recursos ordinarios de la salud
                        3. OBJETIVOS, DECRETRO 2200 DE 2005:
                          1. Promoción: Promover y propiciar estilos de vida saludables y el uso adecuado de medicamentos y dispositivos médicos
                            1. Prevención: prevenir factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos y dispositivoss médicos, así como los problemas relacionados con su uso.
                              1. Suministro: Suministrar los medicamentos y dispositos médicos e informar a los pacientes sobre su uso adecuado
                                1. Atención farmacéutica:Ofrecerla a los pacientes que la requieren, realizando las intervenciones necesarias para el cumplimiento de la farmacoterapia prescrita por el facultativo.
                                  1. Servicio farmacéutico me alta y mediana complejidad
                          2. FUNCIONES
                            1. Administrativa. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar los servicios relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos
                              1. Promoción. Impulsar estilos de vida saludables y el uso adecuado de los medicamentos y dispositivos médicos
                                1. Prevención. Prever factores de riesgo derivados del uso inadecuado de medicamentos
                                  1. Suministro. Seleccionar, adquirir, recibir y almacenar, distribuir y dispensar medicamentos y dispositivos médicos
                                    1. Elaboración y adecuación. Realizar preparaciones magistrales y adecuación, ajuste de concentraciones de dosis de medicamentos oncológicos y demás medicamentos para cumplir con las dosis prescritas, cumpliendo con las buenas prácticas de elaboracion establecidas en la normatividad vigente para cada actividad.
                                      1. Atención farmacéutica. Ofrecerla a los pacientes que la requieran
                                        1. Participación en programas relacionados con los medicamentos. Informarse sobre medicamentos y dispositivos médicos para educar a los miembros de la salud, al paciente y la comunidad. Participar en comités de Farmacia y terapéutica.
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