Políticas educativas que sustentan la atención a la diversidad
en el Estado de México
ESTRATEGIA NACIONAL
DE EDUCACIÓN
INCLUSIVA
Fecha de publicación 14 de abril de 2021.
La Estrategia Nacional de Educación Inclusiva (ENEI) coloca en el centro el
aprendizaje de niñas, niños, adolescentes y jóvenes para garantizar el
ejercicio del derecho a la educación; independientemente de sus
capacidades, circunstancias, necesidades, estilos y ritmos de aprendizaje.
Su objetivo es convertir progresivamente el actual Sistema
Educativo Nacional caracterizado por ser estandarizado,
centralizado, poco flexible, inequitativo y fragmentado, en un
sistema inclusivo, flexible y pertinente; que identifique, atienda y
elimine las barreras para el aprendizaje y la participación
LEY PARA LA PROTECCIÓN, INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE MÉXICO
Fecha de publicación: 31 de agosto de 2012 Última
reforma incorporada: 16 de noviembre de 2016
Art. 1 Tiene por objeto garantizar
y proteger el goce y la inclusión
social de las personas con
discapacidad, dentro de un marco
de igualdad, respeto y
equiparación de oportunidades,
Art. 4 Para los efectos de
esta Ley, son principios
rectores para la integración
de políticas públicas, los
siguientes:
a) La equidad;
b) La justicia social;
c) El respeto de la dignidad;
d) La autonomía individual, incluida la
libertad de tomar las propias decisiones,
y la independencia de las personas
e) La no discriminación
f ) La participación e
inclusión plenas
LEY PARA LA INCLUSIÓN DE LAS
PERSONAS EN SITUACIÓN DE
DISCAPACIDAD DEL ESTADO DE
MÉXICO
Publicada en el
Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”
el 14 de abril de 2021.
Sin reforma.
Art. 5 Las personas en
situación de discapacidad
gozarán de todos los
derechos que establece el
orden jurídico mexicano
Artículo 34. El Instituto en coordinación con la Secretaría de Salud, el
Instituto de Salud del Estado de México fomentarán la adopción de
medidas para asegurar el acceso de las personas en situación de
discapacidad a los servicios de salud, a través de:;
I. Diseñar, ejecutar y evaluar acciones para la orientación, prevención,
detección, estimulación temprana, atención integral o especializada y
habilitación o rehabilitación para las personas en situación de discapacidad;
II. Implementar programas de sensibilización, capacitación y
actualización, dirigidos a las personas servidoras públicas, para
la atención de la población en situación de discapacidad;
Art. 1 Objetivo promover, proteger y garantizar el pleno ejercicio de los derechos y
libertades fundamentales de las personas en situación de discapacidad, dentro
de un marco de respeto, igualdad, dignidad, perspectiva de género y equiparación
de oportunidades, para su plena inclusión y desarrollo en todos los ámbitos de la
vida.
LEY DE ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO DE MÉXICO Y MUNICIPIOS
Publicada en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno” el 7 de
septiembre de 2010. Última reforma
POGG 26 de noviembre de 2020
Art. 1. Tiene como finalidad
establecer las bases, objetivos y
procedimientos del Sistema Estatal
de Asistencia Social,
Art. 2. El Estado y los municipios desarrollarán programas encaminados a la protección y
desarrollo integral de la familia,
Art. 7 Se consideran beneficiarios de los programas, acciones y servicios
de asistencia social, de manera prioritaria: . . . V. Las personas con
discapacidad en estado de vulnerabilidad.