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SANCIONES SEÑALADAS EN LA LEY 1015 DEL 2006
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Resource summary
SANCIONES SEÑALADAS EN LA LEY 1015 DEL 2006
CAPITULO II. CLASIFICACIÓN Y LÍMITE DE LAS SANCIONES. ARTÍCULO 38. DEFINICIÓN DE SANCIONES
* DESTITUCIÓN E INHABILIDAD GENERAL
DESTITUCIÓN:
Consiste en la terminacion de la relación.
Del servidor publico con la institucion policial
INHABILIDAD GENERAL:
Implica la imposibilidad para ejercer la función pública en cualquier cargo o función.
El término señalado en el fallo,
La exclusión del escalafón o carrera.
* SUSPENSIÓN E INHABILIDAD ESPECIAL
La Suspensión consiste
En la cesación temporal en el ejercicio del cargo
Y funciones sin derecho a remuneración
La Inhabilidad Especial implica la imposibilidad de ejercer funciones públicas.
En cualquier cargo, por el término señalado en el fallo.
* MULTA
Es una sanción de carácter pecuniario.
Que consiste en imponer el pago de una suma de dinero del sueldo básico
Devengado al momento de la comisión de la falta.
* AMONESTACIÓN ESCRITA
Consiste en el reproche de la conducta o proceder.
Devengado al momento de la comisión de la falta.
ARTÍCULO 39. CLASES DE SANCIONES Y SUS LÍMITES.
* PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS DOLOSAS O REALIZADAS CON CULPA GRAVÍSIMA
Destitución e Inhabilidad General.
Por un término entre diez (10) y veinte (20) años.
* PARA LAS FALTAS GRAVÍSIMAS REALIZADAS CON CULPA GRAVE O GRAVES DOLOSAS
Suspensión e Inhabilidad Especial.
Entre seis (6) y doce (12) meses, sin derecho a remuneración.
* PARA LAS FALTAS GRAVES REALIZADAS CON CULPA GRAVÍSIMA
Suspensión e Inhabilidad Especial.
Entre un (1) mes y ciento setenta y nueve (179) días. sin derecho a remuneración.
Sin derecho a remuneración.
* PARA LAS FALTAS GRAVES REALIZADAS CON CULPA GRAVE, O LEVES DOLOSAS
Multa entre diez (10) y ciento ochenta (180) días.
* PARA LAS FALTAS LEVES CULPOSAS
Amonestación Escrita.
REGIMEN INSTITUCIONAL
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