Principios fundamentales de la Bioética.

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kevin steven supe chancay
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Principios fundamentales de la Bioética.
  1. Autonomía
    1. Es la capacidad de las personas de deliberar sobre sus finalidades personales y de actuar bajo la dirección de las decisiones que pueda tomar. Todos los individuos deben ser tratados como seres autónomos y las personas que tienen la autonomía mermada tienen derecho a la protección.
    2. Beneficencia
      1. “Hacer el bien”, la obligación moral de actuar en beneficio de los demás. Curar el daño y promover el bien o el bienestar. Es un principio de ámbito privado y su no-cumplimiento no está penado legalmente.
      2. No-maleficencia
        1. Es el primum non nocere. No producir daño y prevenirlo. Incluye no matar, no provocar dolor ni sufrimiento, no producir incapacidades. No hacer daño. Es un principio de ámbito público y su incumplimiento está penado por la ley.
        2. Justicia
          1. Equidad en la distribución de cargas y beneficios. El criterio para saber si una actuación es o no ética, desde el punto de vista de la justicia, es valorar si la actuación es equitativa. Debe ser posible para todos aquellos que la necesiten. Incluye el rechazo a la discriminación por cualquier motivo. Es también un principio de carácter público y legislado.
          2. Fundamentación
            1. Autonomía
              1. Una acción es autónoma cuando el que actúa lo hace a) intencionadamente, b) con comprensión y c) sin influencias controladoras que determinen su acción. La intencionalidad no admite grados, la comprensión y la coacción sí.
              2. Beneficiencia
                1. Beneficencia es una exigencia y no una mera invitación a la acción, por ello es importante distinguir en qué circunstancias hacer el bien es una exigencia.
                2. No- maleficencia
                  1. Este principio solicita «no dañar». Una persona daña a otra cuando lesiona los intereses de ésta.
                  2. Justicia
                    1. El término relevante en este contexto es el de justicia distributiva que, según estos autores, se refiere a «la distribución imparcial, equitativa y apropiada en la sociedad.
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