Es aquél software cuyo uso,
redistribución o modificación
están prohibidos o necesitan
una autorización.
SOFTWARE LIBRE
Es el software que respeta la libertad de los usuarios y la
comunidad los usuarios. Esto quiere decir que el usuario tiene la
libertad de ejecutar, copiar, distribuir, estudiar, modificar y mejorar
el software. Es decir, el «software libre» es una cuestión de libertad,
no de precio.
SOFTWARE DE DOMINIO PUBLICO
Este es un software libre que no tiene un propietario,
por ende no existen derechos de autor, licencias o
restricciones de distribución. Por este concepto, el
software de dominio público se diferencia de un
freeware, el cual conserva los derechos de autor.
ESTANDAR ABIERTO
Un estándar abierto es un estándar que está a disposición del público
y tiene varios derechos de uso asociados con el, y además puede tener
varias propiedades de cómo fue diseñado. Esta licencia esta basada en
los principios de: Disponibilidad; • Maximizar las opciones del usuario
final; • Sin tasas sobre la implementación; • Sin discriminación de
implementador; • Permiso de extensión o restricción; • Evitar prácticas
predatorias por fabricantes dominantes
SOFTWARE DE FUENTE ABIERTA
Sus términos de distribución cumplen los criterios de •Distribución libre; •
Inclusión del código fuente; • Permitir modificaciones y trabajos derivados
en las mismas condiciones que el software original; • Integridad del código
fuente del autor, pudiendo requerir que los trabajos derivados tengan
distinto nombre o versión; • No discriminación a personas o grupos; • Sin
uso restringido a campo de actividad; • Los derechos otorgados a un
programa serán válidos para todo el software redistribuido sin imponer
condiciones complementarias; • La licencia no debe ser específica para un
producto determinado; • La licencia no debe poner restricciones a otro
producto que se distribuya junto con el software licenciado; • La licencia
debe ser tecnológicamente neutral.
Annotations:
Sus términos de distribución cumplen los criterios de
•Distribución libre;
• Inclusión del código fuente;
• Permitir modificaciones y trabajos derivados en las mismas condiciones que el software original;
• Integridad del código fuente del autor, pudiendo requerir que los trabajos derivados tengan distinto nombre o versión;
• No discriminación a personas o grupos;
• Sin uso restringido a campo de actividad;
• Los derechos otorgados a un programa serán válidos para todo el software redistribuido sin imponer condiciones complementarias;
• La licencia no debe ser específica para un producto determinado;
• La licencia no debe poner restricciones a otro producto que se distribuya junto con el software licenciado;
• La licencia debe ser tecnológicamente neutral.
SOFTWARE CON COPYLEFT
software libre cuyos términos de distribución no
permiten a los redistribuidores agregar ninguna
restricción adicional cuando lo redistribuyen o
modifican, o sea, la versión modificada debe ser
también libre .
FREEWARE
Freeware define un tipo de software que se distribuye sin costo,
disponible para su uso y por tiempo ilimitado, a veces se incluye el
código fuente, pero no es lo usual. Este suele incluir una licencia de uso,
que permite su redistribución pero con algunas restricciones, como no
modificar la aplicación en sí ni venderla, y dar cuenta de su autor.
Shareware
Shareware es una modalidad de distribución de
software, en la que el usuario puede evaluar de forma
gratuita el producto, pero con limitaciones en el
tiempo de uso o en algunas de las formas de uso o
con restricciones en las capacidades finales.
SOFTWARE SEMI-LIBRE
Son aquellos programas informáticos que
no son libres, pero que vienen con
autorización de uso, copia, modificación y
redistribución (incluso de versiones
modificadas) sin fines de lucro.
Software Comercial
El software comercial es el software
(libre o propietario) que es
comercializado. Existen sectores de la
economía que lo sostiene a través de
su producción, su distribución o
soporte. Además de esto, una de las
características es que pueden ser
software libre o software no libre.
¿QUE ES UNA LICENCIA? Contrato entre el desarrollador de un software
sometido a propiedad intelectual y a derechos de autor y el usuario, en el cual se
definen con precisión los derechos y deberes de ambas partes.
USO INADECUADO DE SOFTWARE
PIRATERIA DE SOFTWARE
Es la realización de
copias ilegales de
programa originales o
la falsificación y
distribución de
imitaciones de
productos de
software o de
versiones no
autorizadas de éstos.
TIPOS DE PIRATERIA
PIRATERÍA DE USUARIO FINAL..
La piratería de usuario final
tiene lugar cuando una única
copia con licencia de un
software es instalada en
diferentes computadoras.
PIRATERÍA DE REVENDEDOR
La piratería de revendedor
ocurre cuando un revendedor
distribuye copias de un único
software a diferentes clientes;
eso se da principalmente con
los sistemas operativos y
softwares precargados en
computadoras nuevas.
VIOLACIÓN DE MARCA REGISTRADA
Esta infracción sucede cuando una
empresa no acreditada se presenta
como negociante autorizado, técnico,
proveedor de soporte o revendedor, o
usa indebidamente un nombre de
marca registrada.
PIRATERÍA DE INTERNET
La piratería de Internet
ocurre cuando se pone a
disposición de los usuarios
una transferencia
electrónica de software con
derechos de autor.
Operadores de sistemas
y/o usuarios ponen a
disposición materiales con
derechos de autor en
internet para que otros
puedan copiarlos y usarlos
sin la licencia
correspondiente.
PROBLEMAS JURIDICOS POR ESTA PRACTICA :
El titular de los derechos de autor podrá solicitar
medidas cautelares consistentes en impedir el uso
de los programas de computador y exigir la
destrucción de todas las copias piratas; el secuestro
preventivo de las copias no autorizadas así como de
los equipos de computo con que fueron realizadas.
Quien realice copias piratas puede ser obligado a
pagar, por concepto de daños o perjuicios, el costo
de venta de todas las copias ilegales realizadas,
así como los intereses que hubiere generado ese
dinero para el titular.
Las sanciones por el uso ilegal del software varían según se trate
de apropiación o uso indebido de los programas y quien lo haga se
hará acreedor a penas de prisión y multas que pueden llegar hasta
5 años y 20 salarios mínimos respectivamente. Según Ley 44.