Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil.
Apartado
A
El Congreso de la Unión deberá expedir
leyes sobre el trabajo que regirán entre los
obreros, jornaleros, empleados domésticos,
artesanos y todo contrato de trabajo
Duración de la
jornada de
trabajo: 8 horas
Prohibición del trabajo
de menores de 15
años
Días de
descanso
Estipulación y
condiciones del
salario mínimo
Reparto de
utilidades y sus
condiciones
Horas
extras
Condiciones para
proporcionar acceso a
una vivienda digna a los
trabajadores
Sobre la
capacitación y el
adiestramiento
Responsabilidad
patronal en los
accidentes de
trabajo,
enfermedades y
muerte
El derecho a las
coaliciones,
sindicatos,
huelga y
contrato
colectivo
De los
tribunales
laborales:
funcionamiento
y condiciones
De los
despidos
injustificados
Características
de los contratos
Especificaciones de
la seguridad social
Apartado
B
El Congreso de la Unión deberá
expedir leyes sobre el trabajo que
regirán entre los Poderes de la
Unión y sus trabajadores
Especificaciones de
la jornada laboral
Días de
descanso y
vacaciones
Condiciones para
la determinación
de los salarios
Condiciones
para la
designación
del personal
Especificaciones
sobre el
escalafón
De la
suspensión o
cesantía
El derecho a la
libre asociación
y a la huelga
Condiciones y
características para
la seguridad social
Acerca de
la
adquisición
de viviendo
De los
Tribunales de
Conciliación y
Arbitraje
Especificaciones para los militares,
marinos, personal del servicio
exterior, agentes del Ministerio
Público, peritos y miembros de las
instituciones policiales, así como el
caso de las instituciones del
sistema bancario mexciano