Reforma Constitucional 2011 Derechos Humanos con perspectiva de
GÉNERO
Artículo 1 - ... todas las personas gozarán de los derechos humanos
reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que
el Estado Mexicano sea parte ... QUEDA PROHUBIDA TODA
DEISCRIMINACIÓN MOTIVADA POR ... EL GÉNERO ... o cualquier otra
que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar
los derechos y libertades de las personas
47 Son los Tratados Internaconales en los que el
Estado Mexicano es parte en materia de Derechos
Humanos - En materia de equidad de género son:
Convención sobre Nacionalidad de la Mujer - 1936 Las partes
convinieron en que no se hará distinción alguna, basada en el sexo, en
materia de nacionalidad, ni en la legislación ni en la práctica
Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Políticos a
la Mujer - 1980 - Las partes convienen en que la mujer tiene derecho a igual
tratamiento político que el hombre, especialmente que el derecho al
voto y a ser elegido para un cargo nacional, no deberá negarse o
restringirse por razones de sexo
Convención Interamericana sobre Concesión de los Derechos Civiles de la Muje -
1953 Las partes convinieron en otorgar a la mujer los mismos derechos civiles de
que goza el hombre.
Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer - 1980 Dirección General
de Servicios de Documentación, Info rmación y Análisis Dirección de Servicios
de Investigación y Análisis Subdirección de Análisis de Política Interior 25 o la
corrompa con objeto de prostituirla, aún con el consentimiento de tal persona;
Explotación de la prostitución de otra persona, aún con el consentimiento de tal
persona; Mantener una casa de prostitución, la administrare o a sabiendas la
sostuviere o participare en su financiamiento; Dar o tomar a sabiendas en
arriendo, un edificio u otro local, o cualquier, parte de los mismos, para explotar
la prostitución ajenan
Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada
- 1978 Convenio relativo a: la nacionalidad de la
mujer, la adquisición voluntaria de la nacionalidad; la
naturalización privilegiada; y las implicaciones por la
celebración o disolución del matrimonio.
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la
Mujer - 1980 Se conceptualiza la expresión "discriminación contra la mujer" la cual
se indica denota toda distinción exclusión o restricción basada en el sexo que
tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o
ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la
igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades
fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil cualquier
otra esfera, conjuntamente los Estados Partes, condenan la discriminación contra
la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios
apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación
contra la mujer. (interpretación del Gobierno Mexicano)
Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer
“Convención de Belem do Para - 1996 Principalmente se señala que los Estados Parte condenan
todas las formas de violencia contra la mujer y convienen en adoptar, por todos los medios
apropiados y sin dilaciones, políticas orientadas a prevenir, sancionar y erradicar dicha violencia.
Según su texto se debe entender por violencia contra la mujer, cualquier acción o conducta,
basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la
mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. Acentuando que toda mujer podrá ejercer
libre y plenamente sus derec hos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con
la total protección de esos derechos consagrados en los instrumentos regionales e internacionales
sobre derechos humanos
Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación contra la Muje - 2001 Los Estados parte, en el Protocolo reconocen la
competencia del Comité para recibir y considerar las comunicaciones y los requisitos que
deberán de contener dichas comunicaciones.
En México todas las personas, además de gozar de los Derechos Humanos reconocidos en la
Constitución, también disfrutan de los contenidos en los tratados internac ionales de los que el
mismo Estado sea parte
Artículo 11. Toda PERSONA tiene derecho para entrar en la
República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de
residencia, sin necesidad de carta de seguridad,
pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejante ...
Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial -
1973 Los Estados partes se comprometen a seguir, por todos los medios apropiados una
política encaminada a elim inar la discriminación racial en todas sus formas y a promover el
entendimiento entre todas las razas
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales -
1980 Compromiso de los estados parte del Pacto, a garantizar a
hombres y mujeres la igualdad en el goce de los derechos políticos y
civiles ...
Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José de Costa Rica - 1980
Los Estados Partes en esta Convención se comprometen a respetar y garantizar los derechos esenciales
inherentes a los atributos de la persona, así mismo respetar los medios de protección competentes para
conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de los compromisos contraídos. *reservas del
gobierno mexicano y declaraciones interpretativas