Artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala "Derechos Mínimos para los trabajadores"
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Derecho y Leyes Mind Map on Artículo 102 de la Constitución Política de la República de Guatemala "Derechos Mínimos para los trabajadores", created by Ana Cecilia Arroyo Ramirez on 19/02/2022.
Artículo 102 de la Constitución Política de
la República de Guatemala "Derechos
Mínimos para los trabajadores"
Remuneraciones
Pago en moneda nacional o 30% en alimentos si
el trabajador lo desea.
No pueden retener salario a
excepción de una orden judicial.
No pueden pagar menos del salario
Mínimo
Pago de aguinaldo ya sea completo o
proporcional por el salario devengado.
Indemnización de un mes de salario por
cada año laborado por despido
injustificado.
Por causa de muerte o incapacitación el patrono le
pagara al cónyuge o hijos 1 mes de salario por cada
año laborado. Si se lo cubre el IGSS el patrono ya no
tiene la obligación.
Todo trabajo realizado fuera de las jornadas ordinarias
se debe de pagar en jornada extraordinaria. Si
laboraran menos horas de las descritas anteriormente
tienen el derecho del salario completo.
Descansos con pago
Días de asueto
1 día por cada semana
laborada
15 días hábiles de vacaciones anuales y para
las empresas agropecuarias 10 días hábiles.
La mujer en estado de gestación gozará
de 30 días (prenatal) y 45 días(postnatal)
y pueden ser ampliados según su
condición
Jornadas
Ordinaria diurna máximo 8
horas diarias, 44 a la semana.
Ordinaria nocturna máximo 6 horas
diarias y 36 a la semana.
Ordinaria mixta máximo 7 horas diarias y
42 a la semana.
Otros
Los mayores de 60 años deberán de recibir un
trato adecuado a su edad.
Preferencia a guatemaltecos sobre los extranjeros.
Contratación de personas ciegas, minusválidos y con
deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales.
Pertenecer a sindicatos.
Contratación de personas ciegas, minusválidos y con
deficiencias físicas, psíquicas o sensoriales
Ana Cecilia Arroyo Ramírez (000006587)
201704801@upana.edu.gt