Independencia de cualquier
Estado para crear sus leyes y
controlar sus recursos sin la
coerción de otros Estados
FORMAS DE
ESTADO
Estado simple o
unitario
Un solo Estado que ejerce
directamente su soberanía.
Poder central que regula
toda la organización.
Estado compuesto
o complejo federal
Se transfiere la soberanía al
Estado federal creado y cada una
de las provincias mantiene su
autonomía (facultad de dictar sus
propias leyes), pero no son
soberanas.
Confederación
de Estados
Varios estados que han decidido
formar, en forma permanente y
orgánica, una unión pero sin que
desaparezcan como estados, ni
formar una entidad superior a ellos,
pero a la cual delegan ciertos y
limitados poderes.
FORMAS DE
GOBIERNO
Monarquía
Gobierno de uno.
Aristocracia
Gobierno de pocos.
República
Gobierno de muchos
Forma de
gobierno
mexicano
La nación mexicana
adopta para su gobierno la
forma de república
representativa popular
federal
Federalismo
El federalismo supone el reconocimiento de la
existencia de fuerzas distintas del poder central
que tienen su propia sustantividad, y que en esa
virtud reclaman un campo propio de acción
jurídico-política traducido entre otras cosas en
la posibilidad de crear por sí mismos normas
jurídicas.
Responde a las
necesidades:
Organizar política y racionalmente grandes espacios geográficos
incorporando relaciones de paridad entre sus distintas unidades y
suprimiendo las relaciones de subordinación empleadas en los
imperios y colonias de los siglos pasados.
integrar unidades relativamente
autónomas en una entidad
superior, salvaguardando sus
peculiaridades culturales propias
Dividir el poder para salvaguardar la
libertad.
Democracia
Garantiza que los ciudadanos participen en un plano de igualdad
en la formación de la voluntad política de la comunidad, en la
ejecución de la “ley”, así como en la evaluación y control del
ejercicio del poder público que se sustenta en la “ley” aprobada por
la comunidad.
GARANTIAS
Medio para garantizar algo, hacerlo
eficaz o devolverlo a su estado
original en caso de que haya sido
tergiversado, violado, no respetado.
Una garantía constitucional tiene por
objeto reparar las violaciones que se
hayan producido a los principios,
valores o disposiciones
fundamentales.
ARTICULO 29
CONSTITUCIONAL
HABLA SOBRE LA
SUSPENSIÓN DE
GARANTIAS
Se faculta al Presidente de
la República para suspender
las garantías individuales.
MOTIVOS
Cuando exista dentro del territorio
de la República cualquier otro
(peligro) que ponga a la sociedad
en grave peligro o conflicto.
Invasión
Perturbación grave de
la paz pública
COMO OPERA
En todo o en parte del territorio
nacional.
Siempre se
referirá a la
colectividad.
Jamás la suspensión
operará en relación a
un solo Individuo.
Siempre será por tiempo limitado, el
límite o término será cuando pase o
desaparezca el peligro o conflicto que dio
origen a la emergencia que provocó la
suspensión, nunca por más tiempo.
DERECHOS
HUMANOS
Expectativas que no están previstas de forma
clara en alguna norma jurídica, con el objeto de
reclamar lo que a algunas personas les puede
parecer una actuación indebida de las autoridades.
Suelen venir entendidos como un conjunto de
facultades e instituciones que, en cada momento
histórico, concretan las exigencias de la dignidad,
la libertad y la igualdad humanas, las cuales deben
ser reconocidas positivamente por los
ordenamientos jurídicos a nivel nacional e
internacional.
La Comisión Nacional de los
Derechos Humanos.
Disposición que facultó al Congreso de
la Unión y a las legislaturas de los
estados para que, en el ámbito de sus
respectivas competencias, establecieran
organismos especializados para atender
las quejas en contra de actos u
omisiones de naturaleza administrativa
violatorios de Derechos Humanos, por
parte de cualquier autoridad o servidor
público, con excepción de los del Poder
Judicial de la Federación, así como para
formular recomendaciones públicas
autónomas, no vinculatorias y denuncias
y quejas ante las autoridades
correspondientes.