"Un Acercamiento a la Jurisprudencia Laboral Colombiana"

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Isabella Cadavid Ochoa
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"Un Acercamiento a la Jurisprudencia Laboral Colombiana"
  1. Derecho de la seguridad social
    1. SL 1993-2020
      1. Esta sentencia habla sobre los hijos de crianza que tienen derecho a acceder a la pensión de sobrevivientes por haber sido integrados al núcleo familiar por un vínculo de facto.
      2. SL 373-2021
        1. Esta sentencia habla acerca de los procesos que persigue la declaratoria de la ineficacia de la afiliación de la RAIS, generando así reglas para el grupo que contrajo la pensión de vejez.
        2. SL 4170-2020
          1. Esta sentencia habla de los requisitos que deben tener las enfermedades y accidentes que puedan llegar a ser crónicos, degenerativos o congénitos para la determinación de la fecha real de la estructuración de la invalidez. También habla del número de semanas necesario para obtener la pensión.
          2. SL 1947-2020
            1. Esta sentencia habla sobre los requisitos para aspirar y obtener la pensión de vejez teniendo en cuenta el régimen de transición. También habla de las personas afiliadas de edad avanzada que aún pueden aspirar a la aplicación del acuerdo 049 del 90.
            2. SL1673-2020
              1. Esta sentencia habla de las condiciones que deben cumplir las personas para acceder a la pensión de invalidez o a la pensión de sobrevivientes. La Corte se pronuncia sobre la condición más beneficiosa para generar el reconocimiento a estas personas que no cumplen con las condiciones consagradas en la norma que se les aplica.
              2. SL2991-2020
                1. Esta sentencia habla de los adultos mayores que también tienen derecho a acceder al mercado de trabajo e ingresar al sistema de pensiones, por lo cual deben tener claridad sobre los derechos y deberes de afiliación al sistema y del pago de cotizaciones.
              3. Derecho Laboral Individual
                1. SL890-2021
                  1. En esta sentencia se habla de que si las actividades de un empleado suponían un riesgo alto y se había cotizado al sistema de seguridad social tomando este régimen especial, no es justo que ante un despido se le quite la posibilidad de consolidar su situación pensional en las mismas condiciones que tenía antes.
                  2. SL3001-2020
                    1. Esta sentencia establece la diferencia entre la tercerización laboral y la sustitución de patronos. También analiza la procedencia de la cesación de contratos laborales en Colombia estableciendo unos requisitos para que ello proceda.
                    2. SL3610-2020
                      1. Esta sentencia nos indica que es posible realizar el reintegro de una persona con discapacidad siempre y cuando no se encuentre imposibilitada en razón de su condición a llevar a cabo alguna actividad remunerada de la empresa. También establece la diferencia entra la noción de invalides y la discapacidad.
                      2. SL4397-2020
                        1. Esta sentencia habla de los casos en los que el empleador invoca una causal legal para finalizar la relación laboral. Determina que si se está amparado estabilidad laboral reforzada se debe solicitar autorización por parte del Ministerios de Trabajo.
                        2. SL2586-2020
                          1. Esta sentencia habla de que de haberse celebrado un contrato de trabajo a término fijo y el trabajador entre en estado de incapacidad y en consecuencia a esto se finalice el vínculo contractual, y al mismo tiempo se aproxime la fecha de culminación del contrato; la incapacidad no supondrá una causal válida para finalizar la relación laboral.
                          2. SL696-2021
                            1. Esta sentencia habla de la terminación del contrato de trabajo de las madres cabeza de familia, destacando que estas son beneficiarias de la estabilidad laboral reforzada y del retén social.
                            2. SL225-2020
                              1. Esta sentencia habla de la presunción de las personas independientes, indicando que corresponde a la persona contratante desvirtuarla demostrando que el trabajo se realizó de manera autónoma e independiente, propio dele esquema civil o comercial.
                            3. Derecho Laboral Colectivo
                              1. SL3597-2020
                                1. Esta sentencia resulta relevante en materia de prácticas empresariales, esto consiste en suscribir con grupos no sindicalizados debido a que afectan los derechos de sindicalización y negociación colectiva.
                                2. SL720-2021
                                  1. Esta sentencia aborda el derecho de huelga como un derecho fundamental que pertenece individualmente al trabajador pero que debe ser colectivo.
                                  2. SL415-2021
                                    1. En este sentencia se aborda el derecho sindical. Se dice que el derecho sindical en Colombia admite la pluralidad sindical, por lo cual debe promover de manera autónoma una negociación colectiva .
                                    2. SL1680-2020
                                      1. En esta sentencia se reconoce la huelga como un derecho fundamental siendo válida toda huelga a excepción aquellas en las que se pongo en peligro la vida, seguridad e integridad de las personas.
                                      2. ST7928-2020
                                        1. En esta sentencia se dice que cualquier trabajador, sin importar la naturaleza jurídica de su vínculo laboral, puede afiliarse a los sindicatos de su elección.
                                        2. SL1947-2021
                                          1. Esta sentencia es importante. Dice que los trabajadores y sus organizaciones no pueden padecer consecuencias desproporcionales si fueron participes en huelgas declaradas ilegales. No deben ser ni despedidos ni sancionados penalmente; tampoco sus organizaciones deben ser canceladas o condenadas a indemnizar perjuicios.
                                        3. Derecho Procesal Laboral
                                          1. SL359-2021
                                            1. Esta disposición normativa habla de la facultad de imponer la indexación de las condenas de manera oficiosa, esto implica que la corrección monetaria procede únicamente a petición de parte.
                                            2. SL462-2021
                                              1. Esta sentencia habla acerca de las uniones temporales. Dice que estas se pueden ser empleadores en los proyectos empresariales que cumplen función pública; esto las obliga a asumir responsabilidades desprendidas de este evento.
                                              2. AL2161-2019
                                                1. En esta disposición normativa se aborda el litisconsorcio facultativo y el recurso de casación el cual no interfiere con el desarrollo de la cosa juzgada frente a las partes del proceso que no detentan un medio de impugnación en efecto suspensivo por activo. El recurso extraordinario solo será interpuesto respecto de algunos demandantes y la decisión en casación produce efectos exclusivos para los mismos.
                                                2. SL9319-2016
                                                  1. En esta sentencia se aborda el reconocimiento de los honorarios y remuneraciones en materia de prestación de servicios privados. También se aborda la interrupción natural de la prescripción que se realiza por el acreedor sin excluir al deudor.
                                                  2. SL3209-2020
                                                    1. En este sentencia se determina que solo debe fallarse con la norma bajo la cual se basa el caso controvertido y que no se vaya a la calificación jurídica de los hechos que realicen las partes o del juicio de adecuación de la norma.
                                                    2. AL2550-2021
                                                      1. Esta disposición normativa habla acerca de las personas interesadas en las actuaciones procesales originadas por la crisis sanitaria del COVID-19, abordando concretamente el recurso de apelación, la notificación de sentencias y las decisiones tomadas en primera y segunda instancia.
                                                    3. Enfoque de Genero
                                                      1. SL672-2021
                                                        1. En este sentencia se dice que no es posible limitar la pensión a compañero permanente masculino porque la Ley12 del 1975 quiso acoger a todas las personas bajo unión marital de hecho sin hacer distinción alguna.
                                                        2. SL2615-2020
                                                          1. En esta sentencia se habla de las cargas a favor de las mujeres trabajadoras acogiendo su condición de mujer y de madre la cual puede contener situaciones familiares complejas buscando de este modo un equilibrio como la igualdad de oportunidades para su íntegro desarrollo profesional.
                                                          2. SL1001-2021
                                                            1. En esta sentencia se aborda la protección a la institución de la familia por lo cual es debido otorgar la pensión de sobrevivientes sin hacer distinción del vínculo: sea matrimonial u originado por una unión de hecho.
                                                            2. SL696-2021
                                                              1. En esta sentencia se aborda la estabilidad laboral reforzada de las madres cabeza de hogar. Las mujeres cabeza de hogar son indebidamente consideradas en condición de discapacidad, es por esto que merecen protección por parte del Estado.
                                                              2. SL1727-2020
                                                                1. Esta sentencia determina que ninguna mujer que haya sido violentada pierde su derecho a adquirir la pensión de sobrevivientes pues de ser así se daría una revictimización lo cual resulta contrario a los principios que orientan el Estado Colombiano.
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