Carlos Cossio (San Miguel de Tucumán, 3 de febrero
de 1903 – Buenos Aires, 24 de agosto de 1987) fue
un jurista, abogado, filósofo del derecho, militante
universitario reformista y profesor argentino.
Dentro de sus principales obras está la concepción
de la Teoría egológica del derecho. Entre 1934 y
1948 enseñó en la Universidad Nacional de La Plata
donde comenzó a desarrollar su teoría egológica
del derecho.
Cossio consideraba que el objeto de estudio del derecho no era la norma jurídica, sino la conducta
humana en interferencia intersubjetiva, lo que originó una novedosa manera de teorizar sobre el derecho,
realizando la tarea de hacer filosofía de la ciencia del derecho.
El tridimensionalismo constituye una teoría jurídica que analiza al derecho desde un
punto de vista donde es siempre dialéctico; instituyéndose en una correlación
permanente y progresiva entre los tres términos, a efecto de lograr la integración del
hecho en valor dando origen a las normas. La forma en la que aprehende el objeto
denominado derecho, considerándolo como un hecho o fenómeno que no existe sino
en la sociedad, y no puede ser concebido fuera de ella; el derecho tiene como cualidad
inseparable el ser social. Lo que hace el tridimensionalismo es facilitar la comprensión
de las instituciones jurídicas, mostrándolas en su interacción con la conducta subjetiva,
el valor y la norma.
Las tres dimensiones del derecho: valor, norma y hecho.
Axiología jurídica en el modelo de la justicia de
Carlos Cossio
Conforme a la definición de Viehweg, todo hecho jurídico puede medirse
por el “más o menos” en que contribuye a la servación de un cierto dato
coexistencial. La axiología hunde sus raíces en la ontología social; y esta
ontología supone un reiterado proceso que va del conflicto a la
contractualidad; según grados de creciente universalización de la libertad
humana. Conforme con esta concepción los valores jurídicos son funciones
de organización y equilibración de la vida socialmente compartida; y sólo
pueden comprenderse por referencia a esa vida misma.
Valores juridicos de Cossío Los valores que se
derivan de este reconocimiento son, según
Cossio: el orden, la seguridad, el poder, la paz,
la cooperación y la solidaridad.
¿Qué estudia la Ontología?
La Ontología trata muy concretamente acerca de los existenciales. Se refiere al estudio
de las “esencias”, a las posibilidades de las “existencias”, al « ¿Qué hay? », definiendo, a
través de ella, la concepción que se tenga sobre la “Realidad”, es decir, el “Ser” de las
cosas. Es por ello que en una investigación científica apunta al análisis de los supuestos
básicos de la misma.
IDEALISTA
El idealismo demanda la reconstrucción mental de
ese mundo, cuyas realidades objeto pueden existir
o no, que hace el hombre como miembro de un
contexto sociocultural determinado. En efecto,
sostiene, como postulado central, que no existe
una realidad más allá de la consciencia del sujeto,
esto es, que los objetos no pueden tener
existencia aparte de una mente que sea
consciente de ellos.
REALISTA
La postura del Realismo defiende la existencia
de un mundo exterior que sigue su curso
invariable a pesar de que lo representemos, o
no, en nuestro pensamiento. En efecto, cree
que hay una realidad real que se presenta en
dos maneras de existencias: Las de las cosas
materiales (o entes), tales como los átomos, los
organismos o las personas, cuyo estudio
corresponde a las Ciencias Fácticas
Otras cuestiones ontológicas interesantes son,
por ejemplo, si hay sustancias mentales, o si
solo hay una clase de sustancia, es la que
llamamos “materiales”. Si hay distintos tipos de
sustancias, ¿cómo interactúan entre ellas?
¿Cuáles son los presupuestos más básicos que
podemos hacer en ciencia? ¿Las matemáticas
hacen referencia a alguna clase de objetos que
existen en el mundo o son meros lenguajes
formales que nosotros construimos?…
¿Qué estudia la Gnoseología?
Desde la óptica epistemológica, lo primero que
se debe hacer antes de abordar una
investigación debe ser: un Acto Epistemológico
Gnoseológico, por medio del cual el
investigador se identifique con lo que
considere el origen del conocimiento, es decir,
tome posición frente al proceso en virtud del
cual la realidad se refleje y se reproduce en el
pensamiento humano.
Empirismo
El conocimiento científico depende única y
exclusivamente del objeto de estudio, es decir, la
verdad está contenida en los hechos. El conocimiento
consiste en descubrir regularidades entre una serie
de hechos repetidos, observables y medibles, lo cual
permite hacer inferencias, a través del método
inductivo, de sus comportamientos futuros.
Racionalismo
De esta forma privilegia los mecanismos de la argumentación
y del razonamiento en la producción de conocimientos, a
través de mecanismos rigurosos de deducción y de validación
inter-subjetiva. Normalmente se asocia a aquel sistema de
convicciones según las cuales el conocimiento consiste en
diseñar estructuras “Lógico-Racionales” (modelos) a través de
una visión “Lógico-Formalista” de la realidad.
La Gnoseología o “Teoría del Conocimiento”, tiene que ver con los
principios del conocer en sí. Estudia la naturaleza, el origen y el
alcance del conocimiento. Es por ello que entre sus temas de
estudio están: qué es el conocimiento, qué es conocer, qué es
entender, qué es la información, etc.
Otro Acto Epistemológico Gnoseológico, que se debe hacer al abordar una
investigación, es el referido a la posición en lo referente a la posibilidad de
alcanzar verdades absolutas en el terreno del conocimiento. Para ello existen,
en un primer nivel, una de dos posiciones
Dogmatismo
De acuerdo con la postura dogmática, el individuo es capaz de obtener
un logro estable y duradero en cuanto a la verdad o falsedad de un
hecho por encima de las circunstancias históricas o socioculturales en
el que se encuentre enmarcado tal hecho. Es decir, plantea que el ser
humano es capaz de alcanzar verdades estables y unívocas,
independientemente de las épocas y los espacios, de las creencias y las
opiniones.
Escepticismo
De acuerdo con esta postura se renuncia en la aspiración de
alcanzar verdades absolutas o unívocas. De hecho no existen las
verdades absolutas y definitivas. El Escepticismo enfatiza en la
posibilidad de avanzar en el terreno de la certidumbre, en la
medida que se van descartando elementos contradictorios o
irrelevantes que, a la larga, van revistiendo de verosimilitud el
conocimiento, es decir, sólo existen aproximaciones que pueden ir
ganando en “verosimilitud”.
¿Qué estudia la Axiología?
La Axiología estudia la naturaleza de lo que es la valoración humana, lo que son
los valores y lo que es importante para las personas, por ello algunos la definen
como la “Teoría de los Valores”. El hombre es un ser axiológico: lo bueno, lo bello,
lo sublime, lo útil, etc., son ejemplos de los valores que ha perseguido a lo largo
de la historia, haciendo, de esta manera del mundo un objeto de valoración. Todo
indica que los valores son los que le dan un sentido y finalidad al hombre.
Es por ello que se requiere de una cierta “Teoría de los Valores” que será un sistema de ficciones creado por los
seres humanos, y que proyectamos sobre cosas y eventos, en nuestro derredor, para poder establecer patrones de
comportamiento, y así regular los mismos.
Ahora bien, si queremos tener una moral adecuada a nuestra sociedad, deberemos tener un estudio ético de
nuestra sociedad y de nuestras reglas de comportamiento a fin de tratar de optimizar dichas reglas. El que
tengamos valores objetivos y justificables es lógicamente deseable, para evitar así que nuestras reglas morales
sean convenciones puramente emocionales o sujetas a valoraciones basadas ya sea en el capricho, el instinto
inmediato, o a la propaganda impuesta por algún poder.
En fin, éstas son cuestiones que se pueden discutir racionalmente, se pueden
formalizar y se pueden analizar a la luz de la evidencia empírica de cómo nos
comportamos lo seres humanos. En la medida que nuestros métodos de
investigación empíricos de la sociedad, y de nuestras reglas éticas, sean
científicos podremos decir que nuestra ética es científica.
La teoría egológica del derecho
La teoría egológica del derecho supuso un gran
reconocimiento para su autor Carlos Cossio debido a la
lucidez de su pensamiento, por ello tuvo una rápida adhesión
de estudiosos de la teoría jurídica, conformándose así la
Escuela Jurídica Argentina, cuya polémica con Hans Kelsen
durante su visita a la Universidad de Buenos Aires en 1949
quedaría para los anales de la historia.
La teoría egológica del derecho centra su atención en el fundamento de la norma como una conducta de
interferencia intersubjetiva, la cual se muestra inacabada. Es la libertad del hombre sobre la cual se asienta la
norma, y la interpretación que gire en torno a ella debe hacerse sobre la conducta respectivamente. La teoría
egológica no pretende en ese sentido, desacreditar la importancia de la norma, ya que será esta última la que
servirá a los jueces para interpretar la conducta de los individuos. Así, la norma será complementada con la vivencia
anticipada, el cual dota de sentido a aquella.
Estructura del plexo axiológico jurídico: el valor de
justicia: Desde la perspectiva axiológico jurídica, la
justicia es el mejor entendimiento societario dentro de
cada situación: el vivenciar los valores como
preferencias. Ella se manifiesta a través de alguno, por
lo menos, de los seis valores nombrados, según cual sea
la naturaleza del problema que estuviere en cuestión.
. Coexistir significa entenderse, coordinarse. Una acción injusta es
una acción que socava el entendimiento, el encuentro con el otro.
La justicia se especifica en cada uno de los valores examinados, ella
es el valor de totalidad, el vector resultante.
Por su parte, Cossio sostiene que la estructura
lógica de la norma jurídica es un juicio
disyuntivo que pueden esquematizarse así: "
dado a, debe ser p, o dado no-p, debe ser s".
¿Qué es método empirico dialectico? cómo, mientras
los objetos ideales y naturales utilizan la inducción y
la deducción como métodos del conocimiento, en los
objetos culturales aparece un concepto
relativamente nuevo, el método empírico dialéctico,
que permite no ya la explicación o intelección del
objeto, sino su com- prensión.
En cuanto a las clasificaciones más frecuentes de la interpretación de la ley, ellas se hacen desde el punto de vista del
agente que la lleva a cabo, desde el punto de vista del resultado a que conduce, y desde el punto de vista de si la actividad
interpretativa se encuentra o no reglada por el ordenamiento jurídico.
Miradas comparativas de pensadores como platon y aristoteles
Platón hace explícito –incluso contrariamente a sus propios intereses– que la conciencia socrática es el reflejo
viviente y sufriente del advenimiento de la cultura, alumbramiento que implica –en parte– la ruptura con la
naturaleza. Esta es la razón a partir de la cual Sócrates descubre que las leyes del cosmos son cualitativamente
diferentes de las leyes de la polis. Si la naturaleza como reino del ser permanece muda
En la Apología Platón vuelve a percatarse de la tensión entre las leyes de la naturaleza y las
leyes de la política. Si por naturaleza puede proclamarse la injusticia de la muerte de su maestro,
por amor al n o m o s, a la ley, Sócrates decide aceptar el sacrificio de su muerte, pues sabe a
ciencia cierta que una p o l i s sin n o m o s –aunque aquél fuese injusto– sería un universo de
bestias. De este modo, aparece la tragedia en el cuerpo socrático para seguir regando el suelo
de la política.
En esta oportunidad haremos referencia al pensamiento aristótelico en lo que atañe a
la vinculación con Platón. Por esta razón, no necesitaremos explicitar algunos
supuestos que ya hemos desarrollado con el filósofo ateniense y que se comprenden en
Aristóteles por simple antagonismo con su maestro.
Para Aristóteles, la ciencia práctica centrará su interés en las acciones huma - nas. Dicho objeto de
estudio es más que relevante, sobre todo porque al tratarse de acciones y no de entes inmutables y
eternos, el conocimiento que se desprende del primer ámbito tiene que ser un conocimiento
enrolado en el terreno de la contingencia.