Juicio de Amparo

Description

Un primer recurso de defensa constitucional es el Juicio de Amparo. Éste puede ser directo o indirecto según lo que se pretenda defender o denunciar, reclamar un acto de autoridad, como la clausura de un establecimiento mercantil o la violación de un derecho humano, como la libertad
Wendy Oropeza
Mind Map by Wendy Oropeza, updated more than 1 year ago
Wendy Oropeza
Created by Wendy Oropeza about 2 years ago
10
0

Resource summary

Juicio de Amparo
  1. Directo
    1. Plazo
      1. Se presenta dentro de los 15 días siguientes al acto reclamado (art 17 LA)
        1. 30 días Cuando se reclame una norma general autoaplicativa, o el procedimiento de extradición
          1. 8 años Cuando se reclame la sentencia definitiva condenatoria en un proceso penal que implique prisión
            1. 7 años Cuando se promueva contra actos que tengan o puedan tener por efecto privar total o parcialmente, en forma temporal o definitiva, de la propiedad, posesión o disfrute de sus derechos agrarios
              1. No hay plazo cuando sea contra alguno de los actos prohibidos en el artículo 22 constitucional
            2. Competencia
              1. Los Tribunales Colegiados de Circuito son el órgano del Poder Judicial ante quien debe interponerse el amparo (art. 34 LA)
              2. Procedencia
                1. I. Contra sentencias definitivas, laudos y resoluciones que pongan fin al juicio, dictadas por tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo. II ontra sentencias definitivas y resoluciones que pongan fin al juicio dictadas por tribunales de lo contencioso administrativo cuando éstas sean favorables al quejoso. (art. 170 LA)
                2. Improcedencia
                  1. 1. Contra adiciones o reformas a la Constitución
                    1. 2. Contra las resoluciones que emita el Tribunal colegiado de Circuito
                      1. 3. Contra actos consumados de modo irreparable
                        1. 4. Contra resoluciones en materia electoral
                          1. 5. Cuando se esté tramitando ante los tribunales ordinarios algún recurso o medio de defensa legal propuesto por el quejoso que afecte el acto reclamado
                        2. Indirecto
                          1. Plazo
                            1. Se presenta dentro de los 15 días siguientes al acto reclamado (art 17 LA)
                            2. Competencia
                              1. Los órganos del Poder Judicial competentes para conocer son los juzgados de distrito y los tribunales colegiados de apelación (art. 35)
                              2. Procedencia
                                1. I. Contra normas generales que causen perjuicio al quejoso. II Contra actos u omisiones que provengan de autoridades distintas de los tribunales judiciales, administrativos o del trabajo; III.Contra actos, omisiones o resoluciones provenientes de un procedimiento administrativo seguido en forma de juicio, IV Contra actos de tribunales judiciales, administrativos, agrarios o del trabajo realizados fuera de juicio o después de concluido. V Contra actos en juicio cuyos efectos sean de imposible reparación. VI. Contra actos dentro o fuera de juicio que afecten a personas extrañas; VII. Contra las omisiones del Ministerio Público en la investigación de los delitos. VIII Contra actos de autoridad que determinen inhibir o declinar la competencia o el conocimiento de un asunto IX. Contra normas generales, actos u omisiones de la Comisión Federal de Competencia Económica y del Instituto Federal de Telecomunicaciones. (art. 170 LA)
                                2. Improcedencia
                                  1. 1. Cuando se pretende impugnar una resolución judicial emanada de otro Juicio de amparo
                                    1. 2. Cuando hayan cesado los efectos del acto reclamado
                                      1. 3. Contra normas generales o actos que sean materia de otro juicio de amparo pendiente de resolución promovido por el mismo quejoso
                                        1. 4. Contra actos consentidos expresamente o por manifestaciones de voluntad que entrañen ese consentimiento
                                          1. 5. Contra actos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
                                        Show full summary Hide full summary

                                        Similar

                                        Ramas del derecho
                                        Mónica Molina
                                        DERECHOS DE AUTOR EN INTERNET
                                        valeavenita
                                        Tema 2: Constitución Esañola (I)
                                        Francisco Afonso
                                        DERECHO ROMANO
                                        profesorjoelnavarro
                                        APUNTES DE DERECHO PROCESAL
                                        IGNACIO FERNANDEZ
                                        BENEFICIOS SOCIALES DEL TRABAJADOR EN EL ECUADOR
                                        patricioalarconl
                                        Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.
                                        Dania Riverol
                                        sistema penal acusatorio
                                        Agote la vía gubernativa
                                        Derecho Penal
                                        freddygroover
                                        Marco legal del Derecho a la Salud Venezuela
                                        srestuccia
                                        Tipos de Procedimientos según COGEP
                                        GEOVANNA PEÑAHERRERA