Nuevos canales y vías de comunicación permiten
superar las limitaciones de tiempo, personalidad,
privacidad e intimidad presentes en la interacción
cara a cara de los actores en el proceso educativo
Legislacion en
telecomunicaciones
Jordan Iguavita Ariza,
Felipe Galindo
Mayor posibilidad de interacción entre estudiantes y
maestros, contacto directo frecuente entre los actores
del proceso educativo tanto a nivel local y regional
como nacional e internacional, Esto abre la
posibilidad de mejorar la gestión de las instituciones
y la practica docente, a través del contacto de otras
experiencias y propuestas metodológicas
Definición
Las tecnologías de la
comunicación (TIC) se
encanga del estudio,
desarrollo, implementación,
almacenamiento y distribución
de la información mediante la
utilización de hardware y
software como medio de
sistema informático
Aprendizaje colectivo
Las herramientas TIC permite
convertir el aprendizaje en una
experiencia colectiva y participativa
donde todos pueden realizar
importantes aportes al proceso y
aprender de los demas
Objetivos del Ministerio: Los objetivos
del Ministerio de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones,
conforme lo dispuesto por el artículo
17 de la Ley 1341 de 2009 son:
Promover el uso y apropiación de
las Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones entre los
ciudadanos, las empresas, el
Gobierno y demás instancias
nacionales como soporte del
desarrollo social, económico y
político de la Nación.
Diseñar, formular, adoptar y
promover las políticas, planes,
programas y proyectos del Sector
de Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones, en
correspondencia con la Constitución
Política y la ley, con el fin de
contribuir al desarrollo económico,
social y político de la Nación y elevar
el bienestar de los colombianos.
Impulsar el desarrollo y
fortalecimiento del Sector de
Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones, promover
la investigación e innovación,
buscando su competitividad y
avance tecnológico conforme al
entorno nacional e internacional.
Definir la política y ejercer la
gestión, planeación y
administración del espectro
radioeléctrico y de los servicios
postales y relacionados, con
excepción de lo que expresamente
determine la ley.
Funciones del Ministerio. Las
funciones del Ministerio de
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, además de las
que determina la Constitución
Política y la ley, conforme lo
dispuesto por el artículo 18 de la Ley
1341 de 2009, son:
Apoyar al Estado en el acceso y uso de las
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones para facilitar y optimizar la
gestión de los organismos gubernamentales y la
contratación administrativa transparente y
eficiente y prestar mejores servicios a los
ciudadanos.
Apoyar al Estado en la formulación de los
lineamientos generales para la difusión de la
información que generen los Ministerios,
Departamentos Administrativos y
Establecimientos Públicos y efectuar las
recomendaciones que considere indicadas para
lograr que esta sea en forma ágil y oportuna.
Diseñar y desarrollar estrategias masivas que
expliquen a los ciudadanos las utilidades y
potencialidades de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
Promover el establecimiento de una
cultura de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones
en el país, a través de programas y
proyectos que favorezcan la
apropiación y masificación de las
tecnologías, con instrumentos que
faciliten el bienestar y el desarrollo
personal y social.
Coordinar con los actores involucrados,
el avance de los ejes verticales y
transversales de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones y el
plan nacional correspondiente,
brindando apoyo y asesoría a nivel
territorial.
Definir, formular, adoptar y promover las
políticas, planes, programas y proyectos del
Sector de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, que faciliten el acceso y uso
de todos los habitantes del territorio nacional a
las tecnologías de la información y las
comunicaciones y coordinar su
implementación.
Asignar, gestionar y controlar el
espectro radioeléctrico de acuerdo con
lo establecido en la ley, con el fin de
fomentar la competencia, el pluralismo
informativo y el acceso no
discriminatorio y evitar prácticas
monopolísticas, sin perjuicio de las
funciones que sobre los servicios de
televisión estén asignados a otras
entidades.
Gestionar, en coordinación con la
Agencia Presidencial de Cooperación
Internacional de Colombia, APC -
COLOMBIA, la cooperación internacional
en apoyo al desarrollo del Sector de
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones en Colombia.
Regir en correspondencia con
la ley las funciones de
vigilancia y control en el Sector
de Tecnologías de la
Información y las
Comunicaciones.
Ejercer la representación internacional
de Colombia en el campo de las
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, especialmente ante los
organismos internacionales del Sector,
en coordinación con el Ministerio de
Relaciones Exteriores y bajo la dirección
del Presidente de la República.
Evaluar la penetración, uso y
comportamiento de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones en el
entorno socioeconómico nacional, así
como su incidencia en los planes y
programas que implementa o se apoye.
Ejecutar los tratados y
convenios, sobre las
Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones, ratificados
por el país, especialmente en
los temas relacionados con el
espectro radioeléctrico y los
servicios postales.
Promover, en coordinación con
las entidades competentes, la
regulación del trabajo virtual
remunerado, como alternativa
de empleo para las empresas y
oportunidad de generación de
ingresos de los ciudadanos, de
todos los estratos sociales.
Administrar el régimen de
contraprestaciones y otras
actuaciones administrativas que
comporten el pago de derechos,
mediante el desarrollo de las
operaciones de liquidación, cobro
y recaudo, de conformidad con la
legislación vigente.
Levantar y mantener actualizado el
registro de todas las iniciativas de
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones a nivel nacional,
las cuales podrán ser consultadas
virtualmente.
Ejercer la intervención del Estado en el
Sector de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones, dentro de los límites y con
las finalidades previstas por la ley, con
excepción de lo que en esta se determine.
Formular y ejecutar políticas de
divulgación y promoción
permanente de los servicios y
programas del Sector de
Tecnologías de la Información y
las Comunicaciones,
promoviendo el uso y beneficio
social de las comunicaciones y
el acceso al conocimiento, para
todos los habitantes del territorio
nacional.
Ofrecer una moderna infraestructura de
conectividad y comunicaciones, en
apoyo para los centros de producción
de pensamiento, así como
acompañamientos de expertos, en la
utilización de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones,
capaces de dirigir y orientar su
aplicación de manera estratégica.
Expedir de acuerdo con la ley, los
reglamentos, condiciones y requisitos
para el otorgamiento de licencias,
permisos y registros para el uso o
explotación de los derechos sobre el
espectro radioeléctrico y los servicios
del Sector de Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones.
Establecer condiciones generales de
operación y explotación comercial de
redes y servicios que soportan las
Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones y que no se encuentren
asignados por la ley a otros entes.
Expedir y administrar las
contraprestaciones que le
corresponden por ley
Reglamentar la
participación, el control
social, las funciones y el
financiamiento de las
actividades de los vocales de
control social de los
proveedores de redes de
servicio de comunicaciones
de que trata la ley.
Fijar las políticas de
administración, mantenimiento y
desarrollo del nombre de dominio de
Internet bajo el código del país
correspondiente a Colombia – co –.