Se reconoce la
soberania de
terriotio y de sus
habitantes y las
relaciones que se
tiene n con los
paises fonterizos
TITULO II DE
LOS
DERECHOS ,
LAS
GARANTIAS
Y LOS
DEBERES
Capítulo 1. De los derechos fundamentales (Artículos 11 - 41)
Capítulo 2. De los derechos sociales, económicos y culturales
(Artículos 42 – 77) Capítulo 3. De los derechos colectivos y del
ambiente (Artículos 78 – 82) Capítulo 4. De la protección y aplicación
de los derechos (Artículos 83 – 94) Capítulo 5. De los deberes y
obligaciones (Artículo 95)
TÍTULO III DE
LOS
HABITANTES
Y DEL
TERRITORIO
Capítulo 1. De la nacionalidad (Artículos 96 – 97)
Capítulo 2. De la ciudadanía (Artículos 98 - 99)
Capítulo 3. De los extranjeros (Artículos 100)
Capítulo 4. Del territorio (Artículos 101 -102)
TÍTULO IV DE LA
PARTICIPACIÓN
DEMOCRÁTICA
Y DE LOS
PARTIDOS
POLÍTICOS
Capítulo 1. De las formas de
participación democrática
(Artículos 103 – 106) Capítulo 2.
De los partidos y de los
movimientos políticos (Artículos
107 - 111) Capítulo 3. Del
estatuto de la oposición
(Artículo 112)
TÍTULO V DE LA
ORGANIZACIÓN
DEL ESTADO
Capítulo 1. De la estructura del estado (Artículos 113 – 121)
Capítulo 2. De la función pública (Artículos 122 – 131)
TÍTULO VI
DE LA RAMA
LEGISLATIVA
Capítulo 1. De la composición y las funciones (Artículos 132 - 137)
Capítulo 2. De la reunión y el funcionamiento (Artículos 138 – 149)
Capítulo 3. De las leyes (Artículos 150 – 170) Capítulo 4. Del
Senado de la República (Artículos 171 – 175) Capítulo 5. De la
Cámara de Representantes (Artículos 176 – 178) Capítulo 6. De los
congresistas (Artículos 179 – 187)
TÍTULO VII
DE LA
RAMA
EJECUTIVA
Capítulo 1. Del Presidente de la República (Artículos 188 – 199)
Capítulo 2. Del Gobierno (Artículos 200 – 201) Capítulo 3. Del
Vicepresidente (Artículos 202 – 205) Capítulo 4. De los ministros y
directores de los departamentos administrativos (Artículos 206 –
208) Capítulo 5. De la función administrativa (Artículos 209 – 211)
Capítulo 6. De los estados de excepción (Artículos 212 – 215)
Capítulo 7. De la Fuerza Pública (Artículos 216 – 223) Capítulo 8.
De las relaciones internacionales (Artículos 224 – 227)
TÍTULO VIII
DE LA
RAMA
JUDICIAL
Capítulo 1. De las disposiciones generales (Artículos 228 – 233)
Capítulo 2. De la Jurisdicción Ordinaria (Artículos 234 – 235)
Capítulo 3. De la Jurisdicción Contencioso Administrativa
(Artículos 236 – 238) Capítulo 4. De la Jurisdicción
Constitucional (Artículos 239 – 245) Capítulo 5. De las
Jurisdicciones especiales (Artículos 246 – 248) Capítulo 6. De la
Fiscalía General de la Nación (Artículos 249 – 253) Capítulo 7.
Gobierno y Administración de la Rama Judicial (Artículos 254 –
257)
TÍTULO IX DE
LAS ELECCIONES
Y DE LA
ORGANIZACIÓN
ELECTORAL
Capítulo 1. Del sufragio y de las elecciones (Artículos 258 – 263A)
Capítulo 2. De las autoridades electorales (Artículos 264 – 266)
TÍTULO X DE
LOS
ORGANISMOS
DE CONTROL
Capítulo 1. De la Contraloría General de la República (Artículos 267 – 274)
Capítulo 2. Del Ministerio Público (Artículos 275 – 284)
TÍTULO XI DE LA
ORGANIZACIÓN
TERRITORIAL
Capítulo 1. De las disposiciones generales (Artículos 285 – 296) Capítulo 2. Del régimen departamental
(Artículos 297 – 310) Capítulo 3. Del régimen municipal (Artículos 311 – 321) Capítulo 4. Del régimen
especial (Artículos 322 – 331)
TÍTULO XII
DEL
RÉGIMEN
ECONÓMICO
Y DE LA
HACIENDA
PÚBLICA
Capítulo 1. De las disposiciones generales (Artículos 332 – 338) Capítulo 2. De los planes de desarrollo
(Artículos 339 – 344) Capítulo 3. Del presupuesto (Artículos 345 – 355) Capítulo 4. De la distribución de
recursos y de las competencias. (Artículos 356 – 364) Capítulo 5. De la finalidad social del Estado y de los
servicios públicos. (Artículos 365 – 370) Capítulo 6. De la banca central (Artículos 371 – 373)
Acto Legislativo 01 de 2012, artículo 2°. Transitorio. Acto Legislativo 2 de 2015. Artículo 18. Transitorio.
Acto Legislativo 1 de 2016. Artículo 1°. La Constitución Política tendrá un nuevo artículo transitorio. -
Artículo transitorio. Procedimiento legislativo especial para la paz. - Acto Legislativo 1 de 2016. Artículo
2°. La Constitución Política tendrá un nuevo artículo transitorio. - Acto Legislativo 1 de 2016. Artículo
3°. La Constitución Política tendrá un nuevo artículo transitorio. - Acto Legislativo 1 de 2016. Artículo
4°. La Constitución Política tendrá un nuevo artículo transitorio.
Acto Legislativo 1 de 2016. Artículo 5°. Vigencia. El presente acto legislativo rige a partir de la
refrendación popular del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz
estable y duradera.
En 1991, Colombia adoptó una nueva Constitución que transformó significativamente su
marco legal y social. Esta Constitución marcó el inicio de Colombia como un Estado Social
de Derecho, diferenciándose del anterior Estado de Derecho. Esta evolución implicó un
compromiso renovado con la justicia social, la igualdad y la protección de los derechos
humanos. La Constitución de 1991 se organiza en varias partes, cada una con un enfoque
específico para estructurar el Estado y garantizar los derechos de los ciudadanos.