creado por debajo de la ley entre ejecutivos y gobiernos de cada departamento
Acuerdo es, en Derecho, la decisión tomada en común por dos o más personas, o por una junta,
asamblea o tribunal. También se denomina así a un pacto, tratado, convenio, convención o
resolución tomada en el seno de una institución (cualquier tipo de organización o empresa, públicas
o privadas, nacionales o internacionales). Es, por lo tanto, la manifestación de una convergencia de
voluntades (decisión por consenso) con la finalidad de producir efectos jurídicos. El principal efecto
jurídico del acuerdo es su obligatoriedad para las partes que lo otorgan (Pacta sunt servanda)
naciendo para las mismas obligaciones y derechos (contrato bilateral o sinalagmático), todo ello en
la medida en que así lo establezca la ley aplicable. La validez jurídica de un acuerdo exige que el
consentimiento de los otorgantes sea válido y su objeto sea cierto y determinado, no esté fuera del
comercio ni sea imposible. En cuanto a la forma de su celebración, oral o escrita, las legislaciones
suelen exigir fo