Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de
servicios sociales de Galicia
SISTEMA GALLEGO DE SS.SS.
Conjunto coordinado de prestaciones, programas y
equipamientos, tanto de titularidad pública como de titularidad
privada, acreditados y concertados por la administración
destinados para garantizar la igualdad de oportunidades en el
acceso a la calidad de vida y a la participación social de toda
la población gallega.
SS.SS. comunitarios
Específicos
De carácter comarcal
Funciones
Desarrollo de programas y
actividades para prevenir la
exclusión de grupos
vulnerables
Atención directa
Gestión de equipamientos
comunitarios
Básicos
Carácter local, abierto y polivalente
Funciones
Estudiar, diagnosticar e identificar,
detectar y analizar las necesidades y
demandas explícitas e implícitas de la
comunidad
Elaboración de un plan de intervención
Atención e intervención
Informar, orientar, asesorar de los
recursos sociales
Fomentar una educación de solidaridad y cooperación
SS.SS. especializados
Planificación estratégica dirigido a un sector
de la población demandante de una especial
intervención
Funciones
Valorar, diagnosticar e intervenir ante situaciones que
requieren una alta especialización técnica e interdisciplinar
Gestionar centros y programas especializados
Promover medidas de reinserción
Prestar colaboración y asesoramiento
Competencias en materia de SS.SS.
Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia
Corporaciones locales de Galicia
Xunta de Galicia
Delegación
Ayuntamiento
Equipo profesional
Profesional de referencia
De carácter interdisciplinar en la búsqueda de una atención integral
Infracciones
Leves
Sanción leve, multa hasta 3000 €
Graves
Sanción grave, desde 3001€ a 15.000€ o
sanciones de tipo inmaterial
Muy graves
Sanción muy grave, desde 15.001€ hasta
60.000€ o más según el caso de malversación
de fondos
OBJETO
Catálogo
Integrado por el conjunto de intervenciones,
programas, servicios y prestaciones, podrán ser esenciales o normalizadores
Intervenciones o servicios de carácter técnico-profesional
Servicios y actuaciones de naturaleza material o
tecnológica
Prestaciones económicas orientadas a satisfacer las
necesidades pecuniarias
Se prestarán por las Administraciones Públicas gallegas, directa
o indirectamente. Las personas físicas y jurídicas privadas de
iniciativa social o carácter mercantil.
Programas de intervención comunitaria que constituirán
un instrumento de prevención e inserción social
PRINCIPIOS
Universalidad
Prevención
Responsabilidad pública
Igualdad
Equidad y equilibrio territorial
Solidaridad
Acción integral y personalizada
Autonomía personal y vida independiente
Participación
Integración y normalización
Globalidad
Descentralización y proximidad
Coordinación
Economía, eficacia y eficiencia
Planificación
Evaluación y calidad
OBJETIVOS
Garantizar la autonomía personal a personas con dependencia
Dar protección y oportunidades socioeducativas a menores en
situación de onflicto
Prevenir la aparición de situaciones de dependencia,
exclusión, desigualdad o desprotección
Proporcionar oportunidades o recursos
Facilitar la ejecución de políticas públicas de
anticipación
Promover y dinamizar la participación comunitaria
Facilitar la aplicación efectiva de servicios y programas
Garantizar el apoyo a la familia
Sensibilizar, informar, promover y garantizar sobre el
derecho universal de integración social
Facilitar alternativas, recursos e itinerarios de integración social
Titulares
Derechos
Dignidad, autonomía e intimidad de la persona
Igualdad de condiciones sin discriminación
Intervención individualizada acorde con la necesidad específica
Recibir una información eficaz
Asignación de una persona profesional de referencia
Confidencialidad, sigilo y respeto en relación a su información personal
Acceso a su expediente personal
Recibir una tarjeta de carácter personal
A elegir libremente o rechazar, en su caso,
cualquier oferta de servicios o programas
Deberes
Cumplir con las normas, requisitos y procedimientos al acceso de los SS.SS.
Comunicar al personal de referencia cualquier cambio sustancial
Colaborar con el personal encargado en los programas y orientaciones
manteniendo una actitud positiva
Participar de manera activa en el proceso de mejora
Contribuir a la financiación de los SS.SS.
Destinación correcta de las prestaciones recibidas
Tendrán derecho cualquier persona extranjera empadronada en
cualquier ayuntamiento de Galicia, personas en estado de
necesidad o emergencia social y gallegos/as emigrantes
Infracciones
Leves
Sanción: apercibimiento público
Graves
Sanción: suspensión de
participación o/y prestación de
servicio
Muy graves
Inhabilitación temporal o definitiva del acceso
al servicio