(derechos y libertades) Titulo I sección 1º cap. 2º
La Corona, Título II
Proceso
Aprobación 2/3 partes de ambas cámaras
Convocar nuevas elecciones
Nueva aprobación 2/3 ambas cámaras
Referéndum
Art. 169 CE: no podrá iniciarse
reforma constitucional en tiempos
de guerra, estados de alarma,
excepción y sitio.
DISPOSICIONES
ADICIONALES Y
TRANSITORIAS
Regulan procedimientos especiales
Acceso autonomía
Navarra
Ceuta
Melilla
and so on...
Derechos históricos forales
DISPOSICIÓN
DEROGATORIA
Deroga a las Leyes Fundamentales
DISPOSICIÓN
FINAL
"Esta Constitución entrará en vigor el
mismo día de la publicación de su texto
original en el B.O.E. . Se publicará, también,
en las demás lenguas de España".