LA RELACIÓN LENGUAJE Y DERECHO: JÜRGEN
HABERMAS Y EL DEBATE IUSFILOSÓFICO
CATEGORIAS DE DIFERENCIACION Y ESTRUCTURACION
ENFOQUE INSTRUMENTALISTA
ESTA DIVIDIDO
El derecho usa el lenguaje
El derecho es un instrumento de
control que para su correcta
aplicación necesita del lenguaje
Coincidencia argumentativa
RAMON SORIANO, ASTRID
GOMEZ, OLGA MARIA BRUERA.
Constructo
El derecho al establecer un orden jurídico, debe
también establecer una seguridad jurídica por
medio del lenguaje
Tipo de relación entre el lenguaje natural y
el lenguaje jurídico
El lenguaje es un instrumento para
expresar y comunicar
Problema fundamental
La limitación que se puede llegar a dar
por parte de los instrumentos
En este enfoque el problema
central es la vaguedad y la
ambiguedad
SOLUCIÓN
Desarrollar técnicas para mejorar el uso del lenguaje
hay una relación entre el lenguaje
natural (comunicación humana) y el
lenguaje técnico (propio del derecho)
NINO
el
instrumento–lenguaje
jurídico, es un
instrumento
imperfecto que puede
ser usado de forma
muy imprecisa
“la carga emotiva de las expresiones
lingüísticas perjudica su significado
cognoscitivo, favoreciendo su vaguedad,
puesto que si una palabra funciona como
una condecoración o como un estigma, la
gente va manipulando arbitrariamente su
significado para aplicarlo a los fenómenos
que acepta o repudia”
la creación e interpretación del
lenguaje jurídico
Cuatro niveles de sujetos
*Legislador: usa el lenguaje para expresar el derecho.
*Juez: usa el lenguaje para interpretar y aplicar el
derecho. *Profesor: usa el lenguaje para interpretar y
enseñar el lenguaje. *Ciudadano: usa el lenguaje para
conocer y acatar el derecho
En este enfoque la interpretación ya sea en un orden
judicial o doctrinal quien interprete tiene que usar el
lenguaje para comprender y llegar a la norma
Analizando las reglas
semánticas y sintácticas
ENFOQUE CONSTITUTIVO
ESTA DIVIDIDO
El derecho es lenguaje
El lenguaje en este caso no es
subordinado
El derecho es constituido en el lenguaje y por el
lenguaje. En esta el lenguaje constituye lo real.
DOCTRINA KAUFMANN
El mundo deviene sólo a través del lenguaje y
éste no existe fuera del lenguaje
tipo de relación entre el
lenguaje natural y el lenguaje
jurídico
Las vaguedades y ambiguedades dejan de ser
graves si se hace un analisis de los efectos reales
: la creación e interpretación del
lenguaje jurídico
Se explica a partir de los creadores de las leyes
Conceptos
El ejercicio de la interpretación
y creación del derecho se
confunden
El acto interpretativo es un acto que no esta
presente solo en el legistador sino también
esta presente en el juez , el abogado y el
ciudadano
EL DERECHO Y EL LENGUAJE EN JÜRGEN HABERMAS
EL DERECHO EN LA TEORÍA DE LA
ACCIÓN COMUNICATIVA
BOBBIO
Tres valoraciones
Justa o injusta
Valida o invalida
eficaz o ineficaz
Todos los participantes de
comunicación suponen que sus
razones y pretensiones van
más allá de todos los criterios
EL DERECHO ES LENGUAJE
Se tiene al derecho como forma de saber
natural porque no se encuentra
contradicción entre concebir el derecho en
términos de lenguaje y a la vez, concebirlo
como algo más - Habermas.
El derecho usa al lenguaje
El derecho es lenguaje
DERECHO Y LENGUAJE
ORDINARIO
Caracteristicas
Reflexivilidad
Multifuncionalidad
Capacidad de
interpretación ilimitada
LA COMUNIDAD JURÍDICA HABERMASIANA:
INTERSUBJETIVIDAD Y NORMATIVA
Problema
Producción e
interpretación
misma del
derecho
Las normas jurídicas son
invalidas dependiendo del
contexto
HABERMAS
Niveles
Actividad legislativa
Sociedad civil
Actividad judicial
INCOGNITAS
¿Que punto de vista social y que paradigma
juridico determinan la forma en que la corte
declara exequible o no una expresión usada en
una fuente de derecho?
¿la noción del lenguaje a sustentado la
posición jurisprudencial?
SOLUCIONES
Dadas a partir de los diversos puntos de
vista de los iusfilosofos