Se consideran establecimientos de crédito las
instituciones financieras cuya función principal
consista en captar en moneda legal recursos del
público en depósitos, a la vista o a término, para
colocarlos nuevamente a través de préstamos,
descuentos, anticipos u otras operaciones activas de
crédito.
Sociedades de servicios financieros
Para los efectos del presente Estatuto son
sociedades de servicios financieros las
sociedades fiduciarias, los almacenes generales
de depósito y las sociedades administradoras de
fondos de pensiones y de cesantía, las cuales
tienen por función la realización de las
operaciones previstas en el régimen legal que
regula su actividad.
Las sociedades de servicios
financieros tienen el
carácter de instituciones
financieras.
Sociedades de capitalización
Las sociedades de capitalización, son instituciones
financieras cuyo objeto consiste en estimular el
ahorro mediante la constitución, en cualquier forma,
de capitales determinados, a cambio de
desembolsos únicos o periódicos, con posibilidad o
sin ella de reembolsos anticipados por medio de
sorteos.
CONCLUSIÓN
Realmente lo principal está en el
articulo uno y dos, donde
encontramos la ramificacion y
aplicación de cada una de las ramas
de esta estructura. Esta jerarquía
dominante, obligante lo unico que
refiere es que el poder lo tiene el
estado y si este es corrupto lo que
vamos a encontrar es mas pobreza y
la riqueza en unos pocos ligados al
estado.
Nuestra estructura simplemente esta diseñada en 5 nodos y un único dirigente
llamado Ministro de Hacienda. Entiendo que así funcionan muchos países pero no
con los niveles de corrupción del nuestro, por este motivo considero que debería
ser una plenaria pública quienes decidan los que una sola persona decide.
Entidades aseguradoras
Son entidades
aseguradoras las
compañías y cooperativas
de seguros y las de
reaseguros.
Intermediarios de seguros y reaseguros
Son intermediarios de seguros los
corredores, las agencias y los agentes, cuya
función consiste en la realización de las
actividades contempladas en el presente
Estatuto. Reaseguros es la secuencia.