C.E. define a los Estatutos de Autonomía como la norma institucional básica de cada CC.AA., en el que el Estado los reconocerá y amparará como parte integrante de su Ordenamiento Jurídico
TITULO PRELIMINAR (1-11)
Art. 1. Andalucía como nacionalidad
histórica, valores del Estatuto y poderes
unidad conforme al art. 2 de C.E.
valores
libertad
justicia
igualdad
pluralismo político
igualdad + solidaridad con todas CC.AA.
los poderes
emanan de:
C.E.
pueblo andaluz
Art. 2.
Territorio
8 provincias
Disposición adicional 1ª: Gibraltar -->"la ampliación de la CC.AA. a territorios históricos no integrados en otra CC.AA. se resolverá por las Cortes, previo
acuerdo de las partes interesadas y sin que suponga reforma del presente Estatuto, una vez que los territorios hayan vuelto a la soberanía española"
Art. 3. Símbolos
bandera de Andalucía: aprobada en Asamblea de Ronda 1918
escudo: aprobado por Ley de su Parlamento. Leyenda "Andalucía por sí, para España y la Humanidad". Acuerdo de Asamblea de Ronda 1918
himno: aprobado por Ley - Parlamento. De acuerdo con publicación de la Junta Liberalista de Andalucía 1933
Ley 3/1982, de 21 de diciembre: aprobación de Escudo e Himno
Día de Andalucía, 28 de febrero
Protección: la misma que corresponde a los símbolos del Estado
Art. 4. Capitalidad y
sedes
Capital: Sevilla
sede del Parlamento
sede de la Presidencia de la Junta
estas instituciones puede celebrar sesiones en otros lugares de
Andalucía si lo establecen el Reglamento del Parlamento y la Ley
sede del Consejo de Gobierno
sede Tribunal Superior de Justicia: Granada: pueden ubicarse algunas salas en otras ciudaddes
por Ley del Parlamento andaluz: sedes de organismos o instituciones de la CC.AA. en distintas ciudades de Andalucía
Art. 5.
Condición
de andaluz o
andaluza
condición política de andaluces: ciudadanos españoles que, de acuerdo con Leyes generales Estado, tengan vecindad administrativa en cualquier municipio andaluz
con derechos políticos definidos en el Estatuto:
ciudadanos residentes en el extranjero que hayan tenido vecindad administrativa en Andalucía
lo acrediten en el Consulado
sus descendientes inscritos como españoles si lo solicitan y como determine la Ley del Estado
Art. 6. Andaluces
en el Exterior
andaluces y comunidades andaluzas en exterior: derecho a participar en la vida del pueblo andaluz y compartirla
comunidades podrán solicitar reconocimiento de la identidad andaluza, con los efectos que dispongan las Leyes
para fomentar y fortalecer vínculos en el exterior
+ prestarles asistencia
+ garantizar ejercicio y defensa de sus derechos e intereses
= CC.AA. formalizar acuerdo con instituciones públicas y privadas de los territorios
y países o suscripción de tratados internacionales sobre estas materias
Art. 7. Eficacia
territorial de las
normas
autonómicas
Leyes y normas solo eficacia en territorio andaluz
eficacia extraterritorial cuando se deduzca de su naturaleza
y según ordenamiento constitucional
Art. 8.
Derecho
propio de
Andalucía
constituido por Leyes y normas reguladoras de las materias donde la CC.AA. tiene competencias
Art. 9. Derechos
todos gozan de derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos
CC.AA. garantiza pleno respeto a las minorías que residan en Andalucía
Art. 10.
Objetivos
básicos
1. consecución de pleno empleo estable y de calidad en todos los sectores. Seguridad y salud laboral. Conciliación vida familiar y laboral. Garantía de
puestos para mujeres y jóvenes generaciones
2. acceso a todos a una educación permanente y de calidad
3. identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüistico
4. defensa, promoción, estudio y prestigio de la modalidad lingüística andaluza
5. aprovechamiento y potenciación de los recursos naturales y económicos
6. creación de condiciones indispensables para el retorno de los andaluces en el exterior
7. mejora de la calidad de vida, mediante protección de la naturaleza y medio ambiente, gestión del agua, infraestructuras modernas
8. consecución de cohesión territorial, solidaridad y convergencia entre los territorios de Andalucía. Superación de desequilibrios económicos,
sociales y culturales. Equiparar riqueza y bienestar
9. convergencia con el resto del Estado y de la unión Europea, promoviendo y manteniendo las relaciones de colaboración
10. sistema eficaz de comunicaciones, intercambios humanos, culturales y económicos. Vías de alta capacidad y red ferroviaria de alta velocidad
11. desarrollo industrial y tecnológico: innovación, investigación científica, iniciativas emprendedoras, suficiencia energética, evaluación de calidad
12. incorporación del pueblo andaluz a la sociedad del conocimiento
13. modernización, planificación y desarrollo integral del medio rural. Reforma agraria, favorecer crecimiento, pleno empleo, desarrollo de
estructuras agrarias y corrección de desequilibrios territoriales. impulsar competitividad de nuestra agricultura en europa y el extranjero
14. cohesión social, eficaz sistema de bienestar público, colectivo y de zonas más desfavorecidos social y económicamente. Facilitar integración
15. especial atención a personas en situación de dependencia
16. integración social, económica y laboral de personas con discapacidad
17. integración social, económica, laboral y cultural de inmigrantes
18. expresión del pluralismo político, social y cultural a través de los medios de comunicación
19. participación ciudadana en la elaboración, prestación y evaluación de las políticas públicas
20. diálogo y concertación social de organizaciones sindicales y empresariales
21. promoción de condiciones necesarias para plena integración de las minorías y de la comunidad gitana para su plena incorporación social
22. fomento de cultura de paz y diálogo entre los pueblos
23. cooperación internacional para contribuir al desarrollo solidario de los pueblos
24. poderes públicos velarán por salvaguarda, conocimiento y difusión de la historia de lucha del pueblo andaluz por sus derechos y libertades
Art. 11. Promoción de los valores
democráticos y ciudadanos
poderes públicos: desarrollo de conciencia ciudadana y democrática justa
fundamentada en los valores constitucionales y principios y objetivos del Estatuto
medidas para enseñanza y conocimiento de la C.E. y el Estatuto de Autonomía