Las mercancías que se introduzcan al territorio nacional o se extraigan
del mismo, podrán ser destinadas a alguno de los regímenes
aduaneros
Temporales: 1.- De Importacion
2.- De exportacion
Depósito Fiscal: 1.- Tránsito de
mercancías. 2.- Elaboración,
transformación o reparación en recinto
fiscalizado. 3.- Recinto fiscalizado
estratégico.
Definitivos. I. De importación. II.
De exportación.
Regimen de transito
El régimen de tránsito consiste en el traslado de
mercancías, bajo control fiscal, de una aduana
nacional a otra.
Aspectos tributarios del
Derecho Aduanero.
Derecho tributario sustantivo: Establece todas
aquellas disposiciones normativas que regulan y
conforman la relacion tributaria aduanera
Derecho tributario administrativo
aduanero
Derecho tributario aduanero
procesal
Derecho tributario aduanero
internacional
Régimen de elaboración, transformación o
reparación en recinto fiscalizado
Consiste en la introducción de mercancías
extranjeras o nacionales, a dichos recintos para su
elaboración, transformación o reparación, para ser
retornadas al extranjero o para ser exportadas,
respectivamente.
Convenio de Kyoto.
Es el principal convenio de facilitación del
comercio aduanero. Fue elaborado por la
Organización Mundial de Aduanas y
entró en vigor el 3 de febrero de 2006.
Transparencia y previsibilidad de
las acciones que realiza la Aduana
Estandarización y simplificación de la
declaración de mercancías y los
documentos de soporte
Mínimos controles aduaneros
necesarios para garantizar el
cumplimiento con las reglamentaciones