LA CAPACITACION Y ADIESTRAMIENTO
DE LOS TRABAJADORES
TODO TRABAJADOR
TIENE EL DERECHO A
QUE SU PATRON LE
PROPORCIONE
CAPACITACION O
ADIESTRAMIENTO EN
SU TRABAJO
SE PROPORCIONE A ESTOS
DENTRO DE LA MISMA EMPRESA
FUERA DE ELLA, POR CONDUCTO
DE PERSONAL PROPIO,
INSTRUCTORES ESPECIALMENTE
CONTRATADOS, INSTITUCIONES,
ESCUELAS U ORGANISMOS
ESPECIALIZADOS
SU
PERSONAL
DOCENTE,
DEBERAN
ESTAR
AUTORIZADAS
Y
REGISTRADAS
LOS CURSOS Y PROGRAMAS DE
CAPACITACION O ADIESTRAMIENTO
LA CAPACITACION Y EL ADIESTRAMIENTO DEBERAN TENER POR OBJETO:
ACTUALIZAR Y
PERFECCIONAR LOS
CONOCIMIENTOS Y
HABILIDADES DEL
TRABAJADOR EN SU
ACTIVIDAD
PREPARAR
AL
TRABAJADOR
PARA
OCUPAR
UNA
VACANTE
PREVENIR RIESGOS
DE TRABAJO;
INCREMENTAR LA
PRODUCTIVIDAD
LOS TRABAJADORES A QUIENES SE
IMPARTA CAPACITACION O
ADIESTRAMIENTO ESTAN OBLIGADOS