Contexto: durante la Guerra de la Independencia, se organizaron
las Juntas, que convocarían unas Cortes Generales, llevadas a
cabo por el Consejo de Regencia en 1810. Aunque la mayoría de la
Cámara era absolutista, debido a que muchos no pudieron llegar
a la convocatoria, se les sustituyeron por población local de Cádiz
(mayoría liberal), lo que hizo que estas ideas liberales se
concretaran en la Constitución.
Soberanía nacional
(ambos hemisferios)
Reconocimiento de derechos
individuales como la propiedad
privada, la igualdad ante la ley y el
derecho de sufragio (universal
masculino indirecto).
División de poderes
Legislativo: Cortes unicamerales,
compartido con el rey al tener derecho de
veto. Controla al ejecutivo y el rey no
podrá disolverlas.
Ejecutivo: el rey y los ministros.
Garantiza la seguridad y ejecuta
las leyes.
Judicial: tribunales
independientes que reconocen el
fuero eclesiástico y el militar.
Organización administrativa y
territorial: elección por la
población de los alcaldes y de la
Diputación provincial.
Estado
confesional
(religión católica
y única).
Ejército permanente y
creación de la Milicia
nacional, que
dependerá del poder
legislativo.
Obligación a contribuir al
mantenimiento del Estado
(fin de los privilegios
estamentales).
Conclusión: limitaba el poder del rey, y
estuvo vigente del 1812 al 1814, del 1820
hasta el 1823, y del 1836 hasta 1837.