Articulo 2o.- A Actividades
sujetos a tasa 0% por
enajenación de:
Animales y vegetales.
Medicinas de patente.
Hielo y agua no gaseosa ni compuesta.
Tractores para accionar implementos agrícolas.
Fetilizantes y plagicidas.
Invernaderos.
Oro y joyas.
Libros, periodicos y revistas.
Artículo 4o.- Acreditamiento del impuesto
Consiste en restar el impuesto acreditable
de la cantidad que resulte de aplicar.
Artículo 5o. Requisitos para el acreditamiento.
Erofación estrictamente indispensable.
Acreditamiento en periodos preoperativos.
IVA trasladado en forma expresa y por separado.
Efectivamente pagado.
Actividades gravadas y exentas.
Acreditamiento total
IVA no acreditable
Acreditamiento en proporción a las actividades gravadas.
Artículo 5o.- D.- Cálculo del
impuesto por mes de calendario.
Presentación de declaraciones.
Determinación de pago mensual.
Impuesto de importación de bienes tangibles.
Artículo 5o.-E.- Cálculo bimestral de impuesto en el RIF.
Artículo 5o.- F.- Cálculo trimestral de impuesto para PF
con ingresos por el arrendamiento de inmuebles.
Artículo 6o.-Saldo a favor.Es
cuando la declaracion de
pago resulte a favor.
Artículo 8o.- De
la enajenación.
Se considera enajenacion el faltante de
bienes en los inventarios de las empresas.
No se considera enajenación la transmisiones
de propiedades por causa de muerte.
Artículo 9o.-
Enajenaciones exentas.
1.- Suelo. 2.- Casa habitación.- 3.-
Libros, periódicos y revistas. 4.-Bienes
muebles usados.- 5.- Billetes de lotería,
rifas y sorteos. 6.- Piezas de oro y plata.
7.- Documentos pendientes de cobro.
8.- Lingotes de oro. 9.-Enajenaciones de
bienes entre residentes en el
extranjero.-
Artículo 14.- De la
prestación de servicios.
1.- La prestación de obligaciones. 2.-
traporte de persona o bienes. 3.- Seguro,
aianzamietno y el reafianzamiento. 4.-El
mandato, la comision,.- 5.- Asistencia
técnica.- Toda obligación de dar, de no
hacer o de permitir.
Artículo 15. Prestación
de servicios exentos.
1.- Prestaciones por créditos hipotecarios. 2.- Comisiones que cobren las afores. 3.- Los
prestados en forma gratuita. 4.- Los de enseñanza. 5.- Transporte público terrestre. 6.-
Transporte marítimo internacional. 9.- Seguros y comisiones. 10.- POr los que se deriven
intereses. 11.- Operaciones financieras derivadas. 12.- Servicios como contraprestación..
13.- Espectáculos públicos.. 14.-Servicios profesionales de medicina. 15.- Servicios de
organismos descentralizados.. 16.- contraprestaciones de los autores.
Artículo 19.- Uso y goce
temporal de bienes.
El arrendamiento, el usufructo y cualquier
otro acto, independientemente de la forma
jurídica que al efecto se utilice.
Servicio de tiempo compartido.
Artículo 20.- Exenciones por el
uso o goce temporal de bienes.
1.- Inmuebles destinados o utilizados
para casa habitación. 2.- Fincas utilizadas
con fines agrícolas. 3.- Bienes tangibles.
4.- Libros, periódicos y revistas.
Artículo 24.- Importación
de bienes y servicios.
1.- La introducción al país de productos. 2.-
Bienes intangibles en el exterior. 3.- Uso o goce
temporal en territorio nacional de bienes
tangibles. 4.- Aprovechamientos en territorio
nacional de material en territorio nacional.
Artículo 25.-
Importaciones exentas.
1.- Que no lleguen a consumarse. 2.- Equipajes y menajes
de casa. 3.- Que no den lugar al pago de impuesto. 4.-
Bienes donados por residentes en el extranjero. 5.- Obras
de arte para exhibición pública. 6.- Obras de arte creadas
en el extranjero. 7.- Oro. 8.- Vehículos de acuerdo al
artículo 62, fracción I de la Ley Aduanera.
Artículo 26.- Se considera que se
efectúa la importación cuando:
1.- Cuando el comprador presenta el pedimento.
2.- De ser temporal a definitiva. 3.- Cuando se
pague efectivamente la contra-prestación de la
fracción I y IV.
Artículo 29.- De la exportación de
bienes. Tasa 0% en exportaciones.
1.-La que tenga de carácter definitiva. 2.-
Enajenación de bienes. 3.- Uso o goce temporal
en el extranjero. 4.-Aprovechamiento en el
extranjero de servicios prestados. 5.-
Transportación aérea de persona y de bienes.
Artículo 32.- Obligaciones
de los contribuyentes.
1.- Llevar contabilidad
2.- Separación de contabilidad tratándose de comisionistas.
3.- Expedir y entrega de comprobantes.
4.- Presentación de declaraciones.
5.- Comprobantes por retenciones e información mensual.
6.- Aviso por retenciones de impuestos.
7.- Información del IVA en declaraciones del ISR.
8.-Información mensual de operaciones con proveedores.