Artículo 153: asegura la presencia del imputado en el proceso, garantizar
la seguridad de la victima y evitar obstaculos en el proceso
tienen procedencia cuando
Artículo 154: cuando fue formulada la imputación, el propio
imputado se acoja al termino constitucional, ya sea
de duración de setenta y dos horas o de ciento
cuarenta y cuatro y se haya vinculado a proceso al
imputado
tipos, artículo 155:
vigilancia personal
prohibicion de ir a ciertos
lugares
prohibición de
convivir cin
ciertas personas
separacion del domicilio
suspension de cargo
cuando sea un servidor
público
prohibición de salir del país
inmovilización de cuentas
embargo de vienes
garantía economica
suspensión profesional
localizador electronico
prision preventiva
resguardo domiciliario
presentación periódica ante el juez
proporcionalidad
artículo 156:el juez debe justificar que
la medida impuesta es la menos lesiva
para el imputado
las medidas cautelares son resueltas
por el juez en la audiencia y con la
presencia de las partes
artículo 159: las resoluciones deben contener la imposición, los
lineamientos y la vigencia
artículo 162: debe tener una revisión y
posterior a eso se procede a
una audiencia
Artículo 163: las partes pueden ofrecer o
impugnar los medios de prueba
para las medidas
cuando exista incumplimiento se revisara la medida
cuatelar impuesta