Nace con la expedición de la ley 1231
de julio 17 del 2008 la cual permite:
A. Unificar todas las facturas de venta por operaciones hechas a crédito.
“Factura de Venta” tanto para
operaciones a crédito o de contado.
5. LA FACTURA ANTES Y DESPUÉS DE LA LEY 1231 DEL 2008
2. Negociación
el silencio del
comprador o
beneficiario del servicio
equivale a su
aceptación irrevocable
de la factura y por ende
se convierte en
obligado cambiario.
rompiendo asi la regla por
la cual:
la firma es la
fuente de la
obligación
cambiaria.
(artículo 626 del
C. de Co.)
Cuando el creador de la
factura, o sea el vendedor
del bien o el prestador del
servicio lo considere
necesario la pondrá a
circular como título valor
siempre y cuando cumpla
con los requisitos exigidos
por la misma ley.
como son:
1. Que sea aceptada
por el comprador o
beneficiario del
bien o servicio, que
contenga un crédito
a su favor
2.que tres (3) días
antes de su
vencimiento para el
pago, informe de su
tenencia al
comprador o
beneficiario del bien
o servicio
3. REQUISITOS
Para que estas
facturas tengan la
calidad de título valor,
puedan ser utilizadas
para fines tributarios y
puedan circular en el
mercado como títulos
valores,
deben cumplir
con:
4.Requisitos según el
artículo 3º de la Ley
1231 del 2008
1. Segun la Ley 1231,
“La exigencia de
“entregar el original”,
ha establecido que el
emisor conserve el
original.
2. los pagos parciales se
harán constar en la
factura original y en las
dos copias de la factura,
indicando además, la
fecha en que fueren
hechos. De cada pago, el
tenedor deberá extender
al deudor los recibos
parciales
correspondientes
1. Requisitos previos
a) Previa existencia
de un contrato de
compraventa de
bienes o de
prestación de
servicios: aunque se
trate de un contrato
verbal o escrito, o de
operaciones a crédito
o de contado
b) Real ejecución del
contrato mediante la
entrega de los bienes
o la prestación
efectiva del servicio
c) Aceptación del
comprador o
beneficiario del
servicio sobre los
bienes o servicios
contratados y la
suma de dinero
pactada en la
factura
2.Requisitos comune
Señalados para todos
los títulos valores en
el artículo 621 del
Código de Comercio:
a) La mención del
derecho que se
incorpora en el título,
esto es, el crédito
derivado de la
operación de venta o
servicio prestado
b) La firma de quien lo
crea, es decir, del
vendedor de los bienes
o prestador del
servicio, la cual puede
sustituirse por un
signo o contraseña
mecánica bajo la
exclusiva
responsabilidad del
emisor.
3.Requisitos según el
artículo 617 del
Estatuto Tributario.
Tales como:
a) Estar denominada
expresamente como
factura de venta
(requisito preimpreso)
b) Indicar apellidos y
nombre o razón social y
NIT del vendedor o de
quien presta el servicio
(requisito preimpreso).
c) Indicar apellidos y
nombre o razón social y
NIT del adquirente de
los bienes o servicios,
junto con la
discriminación del IVA
pagado .
d) Llevar un número
que corresponda a un
sistema de
numeración
consecutiva de
facturas de venta
e) Fecha de su
expedición
f) Descripción
específica o genérica
de los artículos
vendidos o servicios
prestados
g) Valor total de la
operación
h) El nombre o razón
social y el NIT del
impresor de la factura
i) Indicar la calidad
de retenedor del
impuesto sobre las
ventas.
9. EFECTOS TRIBUTARIOS DE LA LEY 1231 DEL 2008
causa los siguientes impuestos:
b) Impuesto
sobre las ventas
e) Impuesto
de Industria
y Comercio
a) Impuesto de
timbre.
d) Retención
en la fuente
c) Impuesto
sobre la
renta
8. FACTURAS IMPRESAS ANTES DE LA LEY 1231 DEL 2008
se conoce que mediante
Decreto 470 de noviembre 11 del 2008 expedido por el
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo,
reglamentario de la Ley 1231 del 2008
Por medio del cual
se autoriza a las empresas que tengan existencias de facturas
cambiarias de compraventa y cambiarias de transporte
preimpresas con resolución de autorización de la DIAN vigente, a
usarlas hasta agotar las existencias
En caso de que no cumplan con la totalidad de los
requisitos exigidos por la Ley 1231 del 2008
Estos podrán
Ser incorporados al título de forma mecánica por medio de sello, leyenda o manuscrito
Ademas
Toda factura cambiaria de compraventa
que no hayan sido utilizada se entiende
como anulada, sin perjuicio de
observar las obligaciones sobre
conservación de documentos
establecidas en la ley.
4. CARACTERÍSTICAS GENERALES Y PARTICULARES
Generales
Tales como.
a. Carácter documental
b. Incorporan un
derecho, que en este
caso es de carácter
crediticio
c. El derecho de cada
tenedor será
autónomo,
independiente de los
de otros suscriptores
d. Firma de quien lo
crea: del vendedor
de mercancías o del
prestador del
servicio
Particulares
de acuerdo con la Ley 1231
del 2008 podemos
identificarlas así:
-Es un título valor de
contenido crediticio
-Representa un contrato
de compraventa o de
prestación de servicios
-Solamente se puede librar
cuando corresponda a una
venta efectiva de bienes
entregados real y
materialmente, o servicios
efectivamente prestados
en virtud de un contrato
verbal o escrito
- Debe ser aceptada por el
pagador, esto es, por el
comprador de los bienes o
el beneficiario del servicio
- Es un título valor a la
orden
- Las facturas de venta de
bienes o de prestación de
servicios, por ser título
valor tienen acción
cambiaria y por lo tanto, no
causan el impuesto de
timbre de conformidad con
lo establecido en el numeral
8º del artículo 530 del
Estatuto Tributario
se dividen en:
7. BENEFICIOS Y NOVEDADES DE LA LEY 1231 DEL 2008
Beneficios
Tales scomo
Facilita la circulación de las facturas
como un título valor. Además el
vendedor o prestador del servicio
podrá emitir un original y dos copias
de la factura. Si desea negociar la
factura, utilizará el original. Las
facturas podrán ser vendidas a una
entidad financiera o empresa de
factoring, con el sólo endoso de la
misma.
Novedades
tales como
Modificó exclusivamente el Código de Comercio y no el Estatuto Tributario, Unificó los requisitos
comerciales y tributarios A partir del 17 de octubre del 2008 las facturas se constituyen en títulos valores
negociables;se factura por prestación de servicios; el vendedor o prestador del servicio está obligado a
retener el original de la Factura Las facturas podrán ser vendidas a una entidad financiera o empresa de
factoring con el sólo endoso de la misma;
y
El recaudo y cobro de las facturas se le confía a empresas legalmente organizadas e inscritas en la Cámara de
Comercio correspondiente; además se brinda posibilidades de liquidez a los micro, pequeños y medianos
empresarios, a través del mecanismo del factoring; y así genera la posibilidad de obtención de recursos
líquidos a través de la negociación de las facturas, lo cual conlleva un costo asociado que corresponde a la
rentabilidad del comprador de la factura.
6. OBJETIVOS DE LA NUEVA FACTURA
Tales
como:
a) Servir de mecanismo de
financiación para el micro, pequeño
y mediano empresario
b) Dinamizar el flujo de efectivo
de las empresas
c) Prevenir el lavado de activos
1. Aceptación
Uno de los requisitos para que la
factura constituya titulo valor
El comprador puede aceptar la factura de dos
formas a saber.
2.No hacer nada y
esperar que
transcurran los 10
días calendario que
tiene para aceptar la
factura.
Como se observa, el comprador cuenta con 10 días
calendarios contados desde la fecha de la recepción de la
factura para aceptarla o rechazarla, sino lo hace, la ley
considera que ocurre la aceptación tácita.
Ademas debemos tener en cuenta que segun:
Articulo 743 del código
si el comprador no firma la
factura y no reclama dentro
de los 10 días calendarios
siguientes a la fecha en que
la recibe, se considerará
aceptada para todos los
efectos legales,
constituyéndose así la
factura sin firma del
comprador en título valor.
artículo 4 del decreto
reglamentario 3327 de 2009:
opera la aceptación tácita, el emisor
de la factura no puede endosar o
poner en circulación la factura
(título valor) hasta que no
transcurran 3 días hábiles luego de
haber expirado el plazo de 10 días
calendario con que cuenta el
comprador para aceptar la factura,
los que se cuentan desde que la
factura es recibida por el
comprador, no desde la fecha en que
es expedida.
1. Inmediatamente recibido el
original de la factura, firmarla
en señal de aceptación de su
contenido. Dentro de los 10
días calendario siguientes a la
recepción de la factura,
solicitar al vendedor la
presentación del original de la
factura para firmarlo, o
aceptarla mediante un
documento escrito diferente a
la factura.
Antes
Para soportar
operaciones de venta se
usaban 3 clases de
facturas, de ahí la
factura de compraventa
y transporte se tenían
como titulo valor y se
facturaba solo por la
venta de viene. Además
él vendedor estaba
obligado a entregar él
original de la factura.
Despues
Para soportar las operaciones de venta se unifica en una sola factura de venta
teniendo calidad de titulo valor si reúne los requisitos establecidos en la ley. Todas
las facturas pueden ser objeto de negociación se factura por la venta de bienes y la
prestación de servicios, al igual él vendedor esta obligado a retener él original de la
factura y expedir 2 copias de ella para él obligado y emisor.
Dándole así la denominación de:
B. Darles la calidad de título valor negociable ante las personas o entidades especializadas en la compra de
cartera lo cual genera que los microempresarios puedan tener un mejor flujo de efectivo en sus negocios.