Es el contrato por el cual una persona (vendedor) se
obliga a transferir una cosa a otra persona (comprador)
Hay (2) dos partes
Comprador/ venedor
El comprador se compromete a pagar por ella un
precio en dinero y la compra con el fin de revenderla
o alquilar su uso.
Para que se considere como un contrato de
compraventa comercial es indispensable que quien
compra lo haga para revender y así obtener un lucro y
además que el contrato se refiera a bienes muebles.
Bibliografía: Herbosa Martínez, I. (s.f.). Universidad de los Andes. Recuperado el 25 de 05 de 2016, de Universidad de los Andes:
http://eds.a.ebscohost.com/eds/detail/detail?sid=8e1ed41b-e2de-46a1-93e6-e51e98f32237%40sessionmgr4005&vid=0&hid=4213&bdata=Jmxhbmc9ZXMmc2l0ZT1lZHMtbGl2ZSZzY29wZT1zaXRl#db=cat00683a&AN=udla.645426
Manuel,
T.
S.
(s.f.).
Universidad
de
los
Andes.
Recuperado
el
25
de
05
de
2016,
de
Revista
Crítica
de
Derecho
Inmobiliario.
Núm.
701,
Mayo
-
Junio
2007.:
http://eds.a.ebscohost.com/eds/detail/detail?sid=7afcd144-216f-45c7-8ffd-8365afaf9060%40sessionmgr4003&vid=0&hid=4213&bdata=Jmxhbmc9ZXMmc2l0ZT1lZHMtbGl2ZSZzY29wZT1zaXRl#db=edsvlx&AN=vlex.443767
Leal
Pérez,
H.
(s.f.).
Universidad
de
los
Andes.
Recuperado
el
25
de
05
de
2016,
de
Bogota
:
Libreria
Doctrina
y
Ley,
c1989.:
http://eds.a.ebscohost.com/eds/detail/detail?sid=f229026b-0683-484c-bdd9-ba12df9febc9%40sessionmgr4001&vid=0&hid=4213&bdata=Jmxhbmc9ZXMmc2l0ZT1lZHMtbGl2ZSZzY29wZT1zaXRl#db=cat00683a&AN=udla.11571
Tam
REQUISITOS
- Nombre y apellidos completos,
documento de identidad y domicilio
del vendedor y del comprador.
- La identificación del establecimiento
de comercio: nombre, dirección y
número de matrícula.
- El precio de venta y forma de pago.
¿Donde se inscribe?
El contrato debe inscribirse en la
Cámara de Comercio con jurisdicción
en el lugar donde funciona el
establecimiento de comercio.
TIPS
El contrato puede
constar en escritura
pública o en
documento privado.
Si consta en documento
privado, deberá
reconocerse ante un
juez o notario el
contenido del
documento y las firmas
de los otorgantes o a
cambio de ello,
quienes suscriben el
documento deben
presentarlo
personalmente ante el
funcionario autorizado de
la Cámara de Comercio, en
cualquiera de nuestras
sedes.
Entregar para inscripción
copia auténtica del
contrato, una vez
reconocido o presentado
personalmente por sus
otorgantes ante la
Cámara de Comercio.
La copia que se remita
debe ser totalmente
legible para garantizar su
reproducción digital
Acreditar el pago de la
retención en la fuente, el
cual debe efectuarse en la
notaría si el contrato
consta en escritura pública.
Si se trata de un documento
privado se debe cancelar el 1%
sobre el valor de la venta en la
entidad bancaria que reciba este
pago, diligenciando para ello el
recibo oficial de pagos que
distribuye la DIAN.
Si el comprador del
establecimiento de comercio no
se encuentra matriculado, puede
solicitar su matrícula de
comerciante diligenciando el
formulario de registro único
empresarial.
Obligaciones del vendedor
1. Transmitir la propiedad o título de derecho.
2. Conservar el bien objeto de la compraventa
hasta su entrega.
3. Entregar el bien.
4. Garantizar al adquiriente una posesión útil.
5. Garantizar al comprador una posesión
pacífica.
6. Responder a la evicción.
7. Responder de los vicios y defectos ocultos
que tenga el bien.
Obligaciones del comprador
1. Pagar el precio.
2. Pagar intereses en caso de demora o de
compraventa con precio aplazado.