Segun la ley 387 toda persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional,
abandonando su localidad de residencia o actividades económicas habituales, porque su vida, su
integridad física, su seguridad o su libertad han o se encuentran vulneradas
Violencia generalizada
Violaciones a los derechos humanos
A causa de
Conflicto armado interno
Infracción a los derechos humanitarios
Geoestrategia
Fumigaciones
Genera
Desarticulación de las redes de apoyo
Rompimiento del tejido social
Dificultad para de construir y sostener una vida en comunidad
Perdida de autonomía e identidad
Ley 378
Reconoce los derechos de la población desplazada
Señala la responsabilidad del estado
De brindar
Prevención
Atención
Protección
Entidades
Defensoria del pueblo
Procuraduria general de la nación
Población afectada
Campesinos
Afrocolombianos
Indigenas
Politicas nacionales de atención
No existe jurisprudencia relacionada a la reparación moral y material
Vacío en el castigo a los actores causadores
Falta de atención política a los programas
Necesidad de realizar evaluación y seguimiento de la atención
ACNUR
Agencia de la ONU para los refugiados, que vela por la promoción de derechos a las victimas del
desplazamiento interno
Descentralización
Herramienta
Heterogeneidad de población afectada
Permite
Mayor acercamiento y cobertura a la población mas vulnerada