Autoridad de Protección de Datos. La Superintendencia de Industria y Comercio, a través de una
Delegatura para la Protección de Datos Personales, ejercerá la vigilancia para garantizar que en el
Tratamiento de datos personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos
previstos en la presente ley.
El Gobierno Nacional en el plazo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de
entrada en vigencia de la presente ley incorporará dentro de la estructura de la Superintendencia de
Industria y Comercio un despacho de Superintendente Delegado para ejercer las funciones de
Autoridad de Protección de Datos.
La Superintendencia de Industria y Comercio tiene como algunas de sus funciones:
Velar por el cumplimiento de la legislación en materia de protección
de datos personales;
Disponer el bloqueo temporal de los datos cuando, de la solicitud y de las pruebas aportadas por el
Titular, se identifique un riesgo cierto de vulneración de sus derechos fundamentales, y dicho
bloqueo sea necesario para protegerlos mientras se adopta una decisión definitiva
Solicitar a los Responsables del Tratamiento y Encargados del Tratamiento la información que sea
necesaria para el ejercicio efectivo de sus funciones.