Las sociedades cooperativas, podrán
recibir de personas físicas y morales,
donaciones, sub sidios, herencias y
legados para aumentar su patrimonio.
Cada año las sociedades
cooperativas podrán revaluar
sus activos. La Asamblea
General determinará con
relación a los incrementos, el
porcentaje que se destinará
al incremento al capital social
y el que se aplicará a las
reservas sociales.
Las sociedades cooperativas podrán
emitir certificados de aportación para
capital de riesgo por tiempo
determinado.