cuentas con II capitulos y 24 articulos muy esenciales.
fue se creada el 26 de enero por el congreso
de la republica
CAPITULO II: MARCO INSTITUCIONAL.
Red nacional y regional Para el emprendimiento.
MESAS DE TRABAJO DE LA RED DE EMPRENDIMIENTO.
son un espacio de discusión y análisis para que todas las
instituciones que conforman la Red, se sientan partícipes y
logren desarrollar acciones con base en los lineamientos
contemplados por las mismas.
OBJETO DE LAS MESAS DE TRABAJO.
Las mesas de trabajo conformadas por las redes
de emprendimiento tendrán el siguiente objeto:
Sensibilización.
Formación.
Preincubación,
Financiación.
Creación de Empresas.
Capacitación Empresarial y sostenibilidad.
Sistemas de Información
SECRETARÍA TÉCNICA
Instrumento operativo de las redes de emprendimiento
encargada de coordinar todas las acciones de tipo
administrativo.
deberá cumplir entre otras con las siguientes funciones:
- Promover el desarrollo de diagnósticos y estudios sobre el emprendimiento.
- Impulsar el desarrollo de las funciones asignadas a la red.
- Presentar informes mensuales a los integrantes de la red sobre las
acciones y programas realizados en torno al emprendimiento.
- Planear y acompañar la implementación de la estrategia
prevista para el desarrollo del emprendimiento.
FUNCIONES DE LAS REDES PARA EL EMPRENDIMIENTO.
- Proponer instrumentos para evaluar la calidad de los
programas orientados al fomento del emprendimiento.
- Ordenar e informar la oferta pública y privada
de servicios de emprendimiento.
- Proponer la inclusión de planes, programas
y proyectos de desarrollo.
- Conformar el observatorio permanente de procesos
de emprendimiento y creación de empresas.
OBJETO DE LAS REDES PARA EL EMPRENDIMIENTO.
- Establecer políticas y directrices orientadas al fomento de la cultura para el emprendimiento.
- Formular un plan estratégico nacional para el desarrollo integral de la cultura para el emprendimiento.
- Conformar las mesas de trabajo de acuerdo al artículo 10 de esta ley.
- Ser articuladoras de organizaciones que apoyan acciones de
emprendimientos innovadores y generadores de empleo en el país.
- Desarrollar acciones conjuntas entre diversas organizaciones que permitan aprovechar
sinergias y potenciar esfuerzos para impulsar emprendimientos empresariales.
La Red Nacional Para el Emprendimiento , adscrita al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
La Red Regional para el Emprendimiento, adscrita a la Gobernación Departamental.
LAS OBLIGACIONES DEL ESTADO.
- Buscar acuerdos con las entidades financieras para
hacer que los planes de negocios de los nuevos
empresarios sirvan como garantía para el
otorgamiento de créditos.
- Buscar la asignación de recursos públicos
periódicos para el apoyo y sostenibilidad de las
redes de emprendimiento debidamente
- Buscar la asignación de recursos públicos para
el apoyo a redes de emprendimiento.
- Promover en todas las entidades educativas el vínculo
entre el sistema educativo y el sistema productivo.
LOS PRINCIPIOS GENERALES.
- Fortalecimiento de procesos de
trabajo asociativo y en equipo.
- Formación integral en aspectos y
valores como desarrollo del ser humano
y su comunidad.
- Apoyo a procesos de
emprendimiento sostenibles.
- Reconocimiento de la conciencia,
el derecho y la responsabilidad del
desarrollo de las personas.
LOS OBJETIVOS DE LA LEY.
- Promover el espíritu emprendedor en
todos los estamentos educativos del país.
- Crear un marco interinstitucional que
permita fomentar y desarrollar la cultura
del emprendimiento.
- Establecer mecanismos para el desarrollo de la
cultura empresarial y el emprendimiento.
- Fortalecer los procesos empresariales que
contribuyan al desarrollo local, regional y territorial.
- Buscar a través de las redes para el emprendimiento, el
acompañamiento y sostenibilidad de las nuevas empresas.
Es un documento escrito que
define claramente los objetivos
de un negocio y describe los
métodos que van a emplearse
para alcanzar los objetivos.
formación para el
emprendimiento.
Busca el desarrollo de la
cultura del emprendimiento
con acciones que buscan
entre otros la formación en
competencias básicas,
laborales, ciudadanas y
empresariales
Empresarialidad.
Es el despliegue de la
capacidad creativa de la
persona sobre la realidad que
le rodea.
Emprendimiento.
Es la manera de pensar y
actuar orientada hacia la
creación de riqueza.
Emprendedor.
Aquella Persona con capacidad de
innovar, de generar bienes y servicios
de una forma creativa, metódica,
ética, responsable y efectiva.
Cultura.
Conjunto de valores, creencias,
ideologías, hábitos, costumbres y
normas, que comparten los
individuos en la organización.
CAPITULO III: FOMENTO DE LA CULTURA DEL
EMPRENDIMIENTO.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS DE LA
FORMACIÓN PARA EL EMPRENDIMIENTO.
- Lograr el desarrollo de
personas integrales
- Contribuir al mejoramiento de las
capacidades, en las personas.
- Promover alternativas para el acercamiento de
las instituciones al mundo productivo
- Fomentar la cultura de la
cooperación y el ahorro.
ENSEÑANZA OBLIGATORIA.
- Promover actividades orientadas a
la promoción del emprendimiento.
- Diseñar y divulgar módulos específicos
sobre temas empresariales.
- Transmitir en todos los niveles escolares
conocimiento, sobre el emprendimiento.
- Opción para trabajo de grado.
- Formación de formadores.
- Sistema de información y orientación profesional.