mediante dicha ley se crea la
normatividad a la cual debe sujetarse
el gobierno colombiano, con el fin de
regular el comercio exterior,
creandose el ministerio de comercio
exterior, el banco de comercio
exterior
con el fin de: 1. impulsar la
internacionalizacion de la economia para
lograr un crecimiento sostenido. 2. promover y
fomentar el comercio exterior de bienes ,
tecnologia, servicios y en particular las
exportaciones. 3. Estimular los procesos de
integración y los acuerdos comerciales
bilaterales y multilaterales que amplíen y
faciliten las transacciones externas del país.
del consejo superior de comercio exterior
encargado de apoyar al gobierno central, y ademas tendra a cargo las
siguientes funciones: 1. Fijar las tarifas arancelarias. 2 .Asesorar al
Gobierno Nacional en las decisiones que éste debe adoptar en todos los
organismos internacionales encargados de asuntos de comercio exterior.
3. Proponer al Gobierno nacional la aplicación de tratamientos
preferenciales acordados en forma bilateral o multilateral, en particular
cuando se sujeten al otorgamiento de reciprocidad entre las partes.4.
Determinar los trámites y requisitos que deban cumplir las importaciones
de bienes, tecnología y servicios, sin perjuicio de las funciones que en
materia de inversión de capitales colombianos en el exterior y de
capitales extranjeros en el país competen al Consejo de Política
Económica y Social, Conpes, o las demás que las mismas materias estén
específicamente asignadas a otras dependencias del Estado.
ministerio de comercio exterior en colombia
Créase el Ministerio de Comercio Exterior
como organismo encargado de dirigir,
coordinar, ejecutar y vigilar la política de
comercio exterior, en concordancia con los
planes y programas de desarrollo.
banco del comercio exterior de colombia y del fondo de modernizacion economica
Créase el Banco de Comercio Exterior como una institución financiera vinculada al
Ministerio de Comercio Exterior, a la cual corresponderá ejercer las funciones de
promoción de las exportaciones. La promoción será desarrollada, entre otros
instrumentos, a través de las agregadurías comerciales en el exterior las cuales
dependerán de las embajadas colombianas.Los recursos del Fondo de Modernización
Económica a que se refiere el artículo anterior, se destinará a los siguientes fines, en
este orden de prioridades: 1. Financiar el costo fiscal de los Certificados de Reembolso
Tributario, CERT, o las devoluciones de impuestos indirectos. 2. Complementar la
financiación de proyectos de mejoramiento de instalaciones portuarias y
aeroportuarias, y de vías terrestres necesarios para el comercio exterior y financiar
otros programas generales de promoción de exportaciones. 3. Financiar programas de
desarrollo tecnológico que estimulen la eficiencia y competitividad de la producción
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