Consiste en el actuar, consciente y
voluntario, dirigido a la producción de un
resultado típico y antijurídico.
Escuela Clásica
Es la intención más
patente de la
culpabilidad.
Según el CPF vigente
Art. 9.
Obra dolosamente el que, conociendo los
elementos del tipo penal, o previendo como
posible el resultado típico, quiere o acepta la
realización del hecho descrito por la ley.
Clasificación
Directo
Cuando el resultado corresponde
a la intención del agente.
Eventual
Se acepta en caso de que se produzca,
sin siquiera tratar de impedir que se
realice.
Indirecto
De consecuencia necesaria, el agente se
representa con un posible resultado delictuoso,
a pesar de ello no renuncia a su ejecución,
aceptando sus consecuencias.
Determinado
La intención exclusiva e
inequívocamente se dirige hacia
el delito cometido.
Indeterminado
Cuando el sujeto quiere la
producción de un resultado,
de ese querer doloso y solo
de él surge otro mayor.