Tiene como objetivo garantizar, el amparo contra las contingencias derivadas de la
vejez, invalidez y muerte.
Esta compuestas por 2 regímenes
Régimen solidario de prima
media, con prestación definida
Régimen de ahorro individual,
con solidaridad
La selección de cualquier régimen, sera libre y voluntario, y se aplicaran aportes establecidos por ley.
Las pensiones que sean iguales a una salario mínimo mensual vigente, serán
reajustadas con el mismo incremento salarial que de el gobierno.
Serán afiliados al sistema general de pensiones, personas
naturales que presten servicios con el estado, entidades o
empresas del sector privado, con contrato de prestación de
servicios o cualquier otra modalidad.
Durante la vigencia laboral, son obligatorias las
cotizaciones a los regímenes del sistema general de
pensiones.
Caracteristicas
Campos de
aplicacion
Sera obligatorio para trabajadores, dependientes e independientes.
Estos recursos, están destinados a dicho sistema,
no pertenecen a la nación ni a las entidades que los
administran.
El estado es responsable de la dirreción y control del sistema
general de pensiones.
Al cumplir con la edad, pero no con los otros requisitos establecidos, tendrá
derecho a la devolución de saldos o indemnización sustitutiva
La base de cotización, sera el salario mensual para los empleados, para los
particulares, lo dispuesto en el código sustantivo de trabajo, y los servidores
públicos sera el que señale el gobierno.
Fondo solidaridad pensional
Tienen como objetivo subsidiar los aportes del régimen
general de pensiones, de trabajadores asalariados o
independientes
Fuentes de recursos
Subcuenta solidaria
Subcuenta de subsistencia
Subcidio a trabajadores del
servicio domestico
Serán administrados en fiduciarias de
naturaleza pública.