RESPONSABILIDAD SOCIAL
DEL PERIODISTA Y DE LOS
MEDOS DE COMUNICACION
requiere que el o ella actúen, bajo todas las circusntancias , en conformidad con
los principios de la ética profesional
Responsabilidades: 1)
Aceptar y cumplir
ciertas obligaciones
con la sociedad 2)
Los periódicos deben
regularse ellos
mismos en el marco
de la ley
Con el ejercicio ético del periodismo se establece
un compromiso con la sociedad, y en especial
con el principal destinatario de la información: el
ciudadano. La sociedad, recíprocamente, ofrece
su credibilidad y confianza hacia el trabajo del
periodista:
MEDIOS DE COMUNICACIÓN :
Con los procesos de obtención, producción y emisión de la
información se inicia la responsabilidad social de un medio de
comunicación. La información en periodismo se entiende como
bien social y no como un producto, lo que significa que el
periodista comparte la responsabilidad de la información
transmitida y es, por lo tanto, responsable, no solamente ante
quienes controlan los medios, sino principalmente ante el público,
incluyendo variados intereses sociales.
LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL
DE RADIO , TV Y MEDIOS
ELECTRÓNICOS :
Esta ley tiene por objeto establecer, en la difusión y
recepción de mensajes, la responsabilidad social de los
prestadores de los servicios de radio y televisión,
proveedores de medios electrónicos, los anunciantes, los
productores nacionales independientes y las usuarias y
usuarios, para fomentar el equilibrio democrático entre sus
deberes, derechos e intereses a los fines de promover la
justicia social y de contribuir con la formación de la
ciudadanía, la democracia, la paz, los derechos humanos, la
cultura, la educación, la salud y el desarrollo social y
económico de la Nación.
Regula los mensajes para que la
población venezolana goce de mensaje
que no perturben su orden.
Esta ley cuenta con 10 artículos ; Art. 1 Objeto y ámbito de aplicación , Art. 2 Interés,
Orden público y principios de Aplicación e interpretación , Art. 3 Objetivos Generales ,
etc.