Es la acción constitucional que poseen las personas, tanto individuales o
jurídicas, para protegerlos en contra de las violaciones a sus derechos o
restaura los mismos cuando han sido violados.
La petición del amparo debe hacerse dentro del
plazo de 30 días siguientes a la ultima
notificación Art. 20 LAEPYC
Si no se cumplen los
requisitos establecidos en
el Art. 21 LAEPYC
El tribunal solicita la
subsanación de errores en un
plazo de 3 días Art. 22 LAEPYC
Durante el proceso electoral, el plazo a
interponerse será de 5 días Art. 20 LAEPYC
Si cumple con los requisitos
establecidos en Art. 21 LAEPYC
Se da trámite al amparo el
mismo día en que se presenta
Art. 33 LAEPYC
Se ordena a la autoridad impugnada la remisión de antecedentes o informe circunstanciado
que deberá enviar en un plazo de 48 horas. Art. 33 LAEPYC
No se envían los antecedentes o informe circunstanciado
El Tribunal decreta la suspensión provisional
del acto. Art. 33 LAEPYV
Si se envían los antecedentes o el informe circunstanciado
Recibidos los antecedentes o el informe
circunstanciado, el Tribunal deberá
confirmar o renovar la suspensión
provisional si se hubiere decretado.
Se emite la primera audiencia en la cual las
partes podrán alegrar dentro del plazo de 48
horas. Art. 35 LAEPYC
Se notifica a las partes
Vencido el termino hayan o no alegado las partes, el
Tribunal esta obligado a resolver, pero si hubiere hechos
que establecer abrira a pruebe el Amparo, por el
termino de 8 días Art. 35 LAEPYC
Notifica a las Parte
Concluido el termino probatorio, el tribunal
dará audiencia a las partes por el término
de 48 horas. Art 37 LAEPYC
Si al evacuar la audiencia las partes solicitaran que se vea el caso en
vista Publica esta se efectuara el último de los tres días siguientes a la
hora que señale el tribunal Art. 38 LAEPYC
El tribunal dictará la sentencia dentro del plazo de 3 días siguientes
Art. 38 LAEPYC
Se notifica a las partes
Aclaracion
interposición dentro de 24 horas a la
ultima notificacion
Ampliación
si se hubiere omitido resolver alguna de los
puntos sobre los que versare el amparo.