Por la cual se dictan disposiciones en relación con la Gestión de la Salud Pública y se establecen
directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones
Colectivas - Pic
TiTULO I Disposiciones Generales:
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer disposiciones en relación con la
Gestión de la Salud Pública y directrices para la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación del PIC
Artículo 2. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en la presente resolución, serán de obligatorio
cumplimiento para los integrantes del SGSSS
Artículo 3. Definiciones: Acciones individuales de : Alta Externalidad en salud:,Autoridad sanitaria:, Curso de
vida:, Desarrollo de capacidades, nivel del entorno social, nivel organizacional, nivel individua, Enfoque de
curso de vida,, Establecimientos de interés sanitario, Intervenciones Colectivas, Plan financiero territorial de
salud,, Rectoría en salud, Transectorialidad:
TíTULO II Aspectos generales sobre la Gestión de la
Salud Pública
Artículo 4. Gestión de la Salud Pública.
Artículo 5. Procesos para la Gestión de la Salud Pública: Coordinación intersectorial, Desarrollo de
capacidades, Gestión administrativa y financiera, Gestión del conocimiento, Gestión de insumos de
interés en salud pública, Gestión del talento humano, Gestión de las intervenciones colectivas,
Gestión de la prestación de servicios individuales, Participación Social, Planeación integral en salud,
Vigilancia en salud pública, Inspección, Vigilancia y Control -
Artículo 6. Coordmación para implementación de los procesos para la Gestíón de la Salud
Pública.
Artículo 7. Finalidades de la Gestión de la Salud Pública.
TíTULO III. Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - PIC
CAPíTULO I Aspectos generales
del PIC
Artículo 8. Definición del PIe. Es un plan complementario al Plan Obligatorio de Salud - POS Y a otros
beneficios, dirigido a impactar positivamente los determinantes sociales de la salud e incidir en los
resultados en salud, a través de la ejecución de intervenciones colectivas o individuales de alta
externalidad en salud definidas en la presente resolución, desarrolladas a lo largo del curso de vida,
en el marco del derecho a la salud y de lo definido en el Plan Decenal de Salud Pública ·PDSP.
Artículo 9. Principios del PIC.
EstataL
Gratuidad
Territorialidad
Artículo 10. Características de calidad de las intervenciones colectivas. La formulación, ejecución,
monitoreo y evaluación del Pie deberá cumplir con las siguientes características de calidad:
Accesibilidad:
Oportunidad:
Seguridad:
Pertinencia:
Continuidad:
Integralidad:
Adaptabilidad:
Artículo 11. Responsabilidades, Además de las competencias asignadas a los actores involucrados en
la planeación, formulación, ejecución, monitoreo y evaluación del PIC, estos tendrán las siguientes
responsabilidades.
DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCiÓN SOCIAL
DE LOS DEPARTAMENTOS Y DISTRITOS
DE LOS MUNICIPIOS
DE LAS INSTITUCIONES CONTRATADAS PARA LA EJECUCiÓN DEL PIC
CAPíTULO 2 Contenidos y contratación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas - PIC
Artículo 12. Formulación del Plan de Salud Pública de Intervenciones ColectivasArtículo 12.
Formulación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas
Artículo 13. Contenidos del plan de salud pública
de intervenciones colectivas.
Artículo 14. Contratación del plan de salud pública de
intervenciones colectivas departamental, distntal y
municipal.
Artículo 15. Criterios para determinar la capacidad técnica y operatíva.
Artículo 16. Oportunidad en la
contratación.
CAPíTULO 111 Ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones
Colectivas - PIC
Artículo 18: Criteríos para la. ejecución del PIc
Artículo 19. Seguimiento y evaluación del PiCo El monitoreo y la evaluación del Plan de Salud Pública
de Intervenciones Colectivas - PIC