Ultima voluntad con que una persona
determina el destino de su patrimonio
después de su muerte
Características
Es un acto unilateral
Es un acto jurídico de
última voluntad
Es un acto esencialmente
revocable
Es un acto de
disposición
Es un acto formal y
solemne
Condiciones y Requisitos
La voluntad del
testador debe
manifestarse
directamente
La voluntad del testador
debe ser expresada de
manera inequívoca
La voluntad del
testador debe ser
consciente y libre
El testador debe
estar en plena
capacidad para
efectuar el acto
Capacidad para Testar
Todos los que no
estén declarados
incapaces de ello por
la Ley
Incapaces
Los que no hayan
cumplido 16 años, a
menos que sean
viudos, casados o
divorciados
Los
entredichos
por defecto
intelectual
Los que no
estén en su
juicio al hacer
el testamento
Los sordomudos y
los mudos que no
sepan o no
puedan escribir
Capacidad Para Recibir Por
Testamento
Pueden recibir por
testamento todos los que no
estén declarados incapaces
de ello por la Ley
Son incapaces para
recibir por testamento
los que son incapaces
para suceder ab
intestato
Sin embargo, pueden
recibir por testamento
los descendientes
inmediatos
Igualmente son incapaces
de heredar por
testamento
las iglesias de cualquier
credo y los institutos de
manos muertas.
Los ordenados in sacris y los ministros de
cualquier culto, a menos que el instituido
sea cónyuge, ascendiente, descendiente o
pariente consanguíneo dentro del cuarto
grado inclusive del testador
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: Composición, Elección y funciones.