Necesidad de una respuesta
adecuada de las entidades
responsables antes las diferentes
actividades con el LA y la FT
Necesidad de una legislación
que se adapte a cada
modalidad
La importancia de impulsar
una cultura de como
administrar los riesgos.
Están obligados
Miembros de la Junta Directiva
Representantes Legales
Revisores Fiscales
Revisores oficiales de cumplimiento de las entidades sometidas a inspección y vigilancia.
Se expide por
La superintendencia en uso de sus
facultades legales soportándose
especialmente en el numeral 3 literal
a) del articulo 326 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero y en
el numeral 9 del artículo 11 del
decreto 4327 del 2005
Derroga
- Circulares externas 03 y 10
del 2005 junto con sus
respectivos anexos expedida
por la antigua
superintendencia de valores
- El capítulo décimo primero
de la circular externa 007 de
1996 - Circular básica
jurídica - Junto con sus
anexos
Nuevos Anexos
Anexo I: Instructivo y formato para el
Reporte de Operaciones Sospechosas -
ROS
Anexo II: Instructivo y formato "
Transacciones en Efectivo
Anexo III: Instructivo de
"clientes exonerados"
Anexo IV: Instructivo y formato "Información sobre
transferencias, remesa, compra y venta de divisas"
Anexo V: Instructivo y formato "Información
sobre transacciones realizadas en Colombia con
tarjetas débito y crédito expedidas en el exterior
Anexo VI: Instructivo y formato
"Información de campañas políticas
Implementación
Elaborar un cronograma para la implementación y ajuste
a las instrucciones adoptadas mediante la presente
circular dentro de la fecha establecida para el efecto
FECHA LIMITE: Enero 01 del 2008
Instrucciones en materia de:
Administración del riesgo de lavado de
activos y de la financiación del terrorismo,
estableciendo los parámetros mínimos que
las entidades vigiladas deben atender en el
desarrollo e implementación del Sistema de
Administración del Riesgo de Lavado de
Activos y de la Financiación del Terrorismo
“SARLAFT"
Fases SARLAFT
Prevención del
Riesgo
Prevenir que se introduzcan al sistema
financiero recursos provenientes de
actividades relacionadas con el lavado
de activos y/o de la financiación del
terrorismo
Control
Consiste en detectar y reportar las
operaciones que se pretendan
realizar o se hayan realizado, para
intentar dar apariencia de
legalidad a operaciones
vinculadas al LA/FT.
Etapas
IDENTIFICACIÓN
Se encuentra reconoce y describe
el riesgo lo que implica la
determinación de elementos
como los factores de riesgos, las
causas, las consecuencias y los
riesgos asociados al LA/FT
MEDICIÒN
Asigna una posibilidad de ocurrencia
y un impacto a los riesgos
identificados
CONTROL
Determina las medidas para
controlar los riesgos inherentes, a
los que se ve expuesta la entidad.
MONITOREO
Permite realizar el seguimiento sobre
la evolución de cada uno de los
riesgos