Planes de gestión de devolución de
productos posconsumo de Fármacos o
medicamentos vencidos
Resolución 0371
del 26 de Febrero
del 2009
Los fabricantes o
importadores
deberán contar con
registro sanitario
INVIMA o autoridad
delegada
Aplica para farmacias,
droguerías y las
instituciones
prestadoras del servicio
de salud
Prohibiciones
Entregar los fármacos a
instalaciones de
almacenamiento,
aprovechamiento y/o
valorización, recuperación
y reciclaje, tratamiento o
disposición final que no
cuente con las licencias
Ubicar centros
de acopio en
zonas
residenciales
Disponer los fármacos
vencidos en rellenos
sanitarios y en celdas
o rellenos de
seguridad
Abandonar los fármacos
a cielo abierto tanto en
zonas urbanas como
rurales
Quemar
fármacos o
medicamentos
vencidos
Verter los fármacos a los
cuerpos de agua, sistemas
de alcantarillado público,
terrenos baldíos
Planes de gestión de devolución de productos
posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido
Resolución 0372
del 26 de Febrero
del 2009
Aplica para aquellos que fabrican
baterías de plomo ácido en territorio
nacional y quienes importan
baterías en una cantidad igual o
superior a 300 unidades al año
Prohibiciones
Realizar algún proceso de
transformación, destape o
drenaje de la batería usada
Abandonar
baterías usadas
a cielo abierto
Quemar acumuladores
o baterías usadas
Ubicar centros de
acopio en zonas
residenciales
Verter componentes de las
baterías usadas a cuerpos de agua,
alcantarillados público, terrenos
baldíos o sitios no autorizados
Disponer de
baterías usadas en
relleno sanitario
Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión
Ambiental de Residuos de pilas y/o Acumuladores
Aplica para los productores de 3000 o más
unidades al año, clasificados mediante la
partida 8506 del Arancel de Aduanas
Resolución 1297 del 8
de Julio del 2010
Características
Permitir a los consumidores devolver los
residuos a través de puntos de recolección o
mecanismos de recolección equivalentes
No generar costos para el
consumidor al momento de la
entrega de los residuos, ni la
obligación de comprar una
pila o acumulador nuevo
Contemplar alternativas de
aprovechamiento y/o valorización
Prohibiciones
Disponer de residuos
en rellenos sanitarios
Hacer quema de
residuos a cielo abierto
Abandonar residuos
en espacios públicos
Enterrar
residuos
Sistemas de Recolección
Selectiva y Gestión
Ambiental de Llantas usadas
Resolución 1457
del 29 de Julio
del 2010
Aplica para los
productores de 200 o mas
unidades al año de llantas
de automóviles, camiones,
camionetas, buses,
busetas, y tractomulas
hasta rin 22,5 pulgadas
Prohibiciones
Enterrar
llantas
usadas
Acumular
llantas
usadas a
cielo
abierto
Quemar
llantas
Utilizar llantas
usadas como
combustible
Abandonar
llantas
usadas en
espacio
público
Disponer de
llanas usadas
en rellenos
sanitarios
Abandono o
eliminación
incontrolada de
llantas usadas
Sistemas de Recolección
Selectiva y Gestión Ambiental de
Residuos de Bombillas
Resolución 1511
del 5 de Agosto del
2010
Se aplicará a los productores de 3000 o más
unidades al año de los siguientes tipos de
bombillas
Prohibiciones
Enterrar
residuos
Abandonar residuos en
espacios públicos
Quemar residuos
a cielo abierto
Disponer
de residuos
en rellenos
sanitarios
En los centros de acopio
se podrán desarrollar
actividades de separación
y/o clasificación y su
capacidad de volumen no
debe exceder los 32
metros cúbicos
Sistemas de recolección selectiva y gestión
ambiental de Computadores y/o Periféricos
Aplica para los productores
de mas de 100 unidades al
año de Computadores
portátiles/personales, e
impresoras
Caracteristícas
No generar costos para el consumidor al
momento de la entrega de los residuos, ni
la obligación de comprar un equipo nuevo
Contemplar dentro de las
opciones de gestión, el reuso
de los residuos y/o sus
componentes y promover el
aprovechamiento y/o
valorización
Permitir a los consumidores devolver
los residuos de computadores y/o
periféricos a través de puntos de
recolección o mecanismos de
recolección equivalentes
Resolución 1512
del 5 de Agosto
del 2010
La presentación se hará
mediante comunicación
escrita dirigida a la
Dirección de Licencias,
Permisos y Trámites
Ambientales del Ministerio
de Ambiente, Viviendo y
Desarrollo Territorial
Prohibiciones
Disponer de residuos en rellenos sanitario
Abandonar residuos
en el espacio público
Desensamblar o manipular
residuos en vías públicas
Enterrar los residuos
Planes de gestión de devolución de
productos posconsumo de
Plaguicidas
Resolución 1675
del 2 de Diciembre
del 2013
Los planes deberán ser
presentados por los
fabricantes y/o
importadores ante la ANLA,
en medio físico y digital
Meta de recolección y de
cobertura de población
Los fabricantes y/o importadores
de plaguicidas de uso agrícola,
veterinario, industrial y de salud
pública debe cumplir con las
metas mínimas establecidas en la
Tabla
Plaguicidas de uso domestico
deben cumplir con las metas
establecidas en la Tabla
Prohibiciones
Realizar actividades de aprovechamiento
y/o valoración de residuos posconsumo
de plaguicidas para fabricar juguetes,
utensilios domésticos, etc.
Disponer de
residuos en
rellenos
sanitarios o
sitios no
autorizados
Abandonar residuos en
ríos, quebradas o sitios de
espacio público (rural o
urbano)
Entregar a mecanismos
diferentes a los establecidos
por el fabricante los residuos a
cambio de contraprestación
económica o de otra naturaleza
El transporte de los residuos
posconsumo desde centros
de acopio hasta
instalaciones finales deberá
cumplir lo establecido en
Decreto 1609 de 2002