Conceptos Generales del Derecho Romano

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Unidad I, del Compendio de Derecho Romano de Mariana Moranchel Pocaterra
Salvador Ernesto García González
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Salvador Ernesto García González
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Conceptos Generales del Derecho Romano
  1. Derecho Romano
    1. Experiencias, ideas y ordenamientos jurídicos que tuvieron lugar en el proceso histórico de Roma partir del origen de la Ciudad- Estado en el 753 a. C. hasta el 565 d. C. con la muerte del emperador Justiniano
      1. En sentido amplio
        1. El desarrollo del Derecho Justineaneo en el impreio romano de Oriente Hasta 1453.
          1. El reconocimiento y aceptación en primera instancia por parte de los pueblos bárbaros, posteriormente de las incipientes monarquías de Europa Occidente, del Derecho Romano
            1. Adaptación del Cuerpo de Derecho Civil (Corpus Iuris Civilis) a los ordenamientos vigentes en Europa, lo que da el origen al Derecho Común Europeo(ius commune) base de los sistemas jurídicos nacionales
              1. Fuente y origen de los códigos contemporáneos básicamente de Derecho Privado. Origen de la cultura Jurídica Occidental y de la ciencia del derecho privado
                1. Adaptación al espacio temporal y teórico práctica de la compilación jusitneanea que da origen al Código Civil Alemán en 1900
              2. Conceptos Fundamentales del Derecho Romano
                1. Derecho (ius), religión (fas)
                  1. Ius
                    1. Derecho propio o relativo a los humanos
                    2. fas
                      1. Lo que está conforme a la voluntad de los dioses
                    3. Preceptos del derecho (praecepta iuris)
                      1. Vivir honestamente (honeste vivere)
                        1. No dañar a otros (alterum non ladere)
                          1. Atribuir a cada quien lo suyo (suum cuique tribuere
                          2. Justicia (justitia)
                            1. Según Ulpiano constante y perpetua voluntad de dar a cada quien lo suyo
                            2. Equidad (aequitas)
                              1. La adecuación del derecho para aplicarse al caso concreto, la justicia del caso concreto, en caso contrario el derecho conduciría a la máxima injusticia
                              2. Jurisprudencia (iurisprudentia)
                                1. De acuerdo a Ulpiano es el conocimiento de las cosas divinas y humanas , la ciencia de lo justo e injusto

                                  Annotations:

                                  • Iuris prudentia est divinarum atque humanarum rerum notitia, iusti atque iniusti scientia
                              3. Ius
                                1. Ordenamiento jurídico, Derecho Objetivo, conjunto de normas que rigen la vida del hombre en sociedad, en la que el Estado garantiza su cumplimiento con la coerción (norma agendi)
                                  1. Poder o facultad derivada de la norma de derecho objetivo para exigir determinada conducta (facultas agendi)
                                    1. Sistema de acciones, no de derechos subjetivos, los romanos no determinaban en un caso concreto si la persona tenía un derecho subjetivo, sino que la norma le porporcionaba una acción a ejercer
                                    2. Condición o estatus jurídico de una persona frente al ordenamiento, El sui iuris es una persona a la que se le atribuye en estatus jurídico
                                      1. Clasificaciones del derecho (iuris)
                                        1. Derecho quiritario (ius quiritium)
                                          1. Antiguos ciudadanos romanos a quienes se les aplica posteriormente el mas antiguo derecho civil (ius civile)

                                            Annotations:

                                            • Derecho delos quirites
                                          2. Derecho civil (ius civile)
                                            1. Derecho vigente en Roma que se aplica de manera exclusiva a los ciudadanos romanos (cives)
                                            2. Derecho honorario (ius honorarium)
                                              1. Introducido por los pretores con el propósito de corroborar, suplir o corregir el derecho civil, emana de aquellos magistrados facultados para para decir el derecho mediante edictos
                                              2. Derecho de gentes (ius gentium)
                                                1. EL derecho común a todos los pueblos del mediterráneo, basado en el principio de buena fe, usado para resolver conflictos entre los extranjeros o entre extranjeros y romanos
                                                2. Derecho natural (ius naturale)
                                                  1. Derecho común a todos los animales, basado en la razón natural
                                                  2. Derecho público (ius publicum) y Derecho privado (ius privatum)
                                                    1. Derecho público se refiera a la res pública, que tiene por objeto la constitución del Estado, organizaión del culto y regulación de loas poderes públicos con los cives
                                                      1. Derecho privado regula la relación entre particulares, relativo a la utilidad de los particulares
                                                      2. Derecho común (ius commune) y Derecho singular (ius singulari)
                                                        1. Derecho común es el conjunto de normas aplicables a toda la población
                                                          1. Derecho singular es el que va en contra de tenor de la razón, pero es introducido por la autoridad a causa de alguna utilidad
                                                      Show full summary Hide full summary

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