LEY 105 DE 1993

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Alejandra Cortes
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LEY 105 DE 1993
  1. disposiciones básicas sobre el transporte; redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte; otras disposiciones.
    1. Sector y Sistema Nacional del Transporte integra
      1. sector Transporte
        1. Vinculación de personal. Para cumplir con los principios de la modernización, eficiencia, gestión y economía, las Entidades del Sector Transporte podrán vincular por concurso personal para capacitarlo o especializarlo previamente al desempeño de sus funciones.
        2. el Ministerio de Transporte y sus organismos adscritos o vinculados
          1. reglamentará las condiciones de carácter técnico u operativo para la prestación del servicio,
            1. definira de las políticas generales sobre el transporte y el tránsito
              1. presentará al Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES para su aprobación, cada dos (2) años, los planes de expansión vial
                1. reglamentará y actualizará con la periodicidad que estime conveniente las normas sobre diseños de carreteras y puentes.
                  1. le corresponde junto con las entidades del Orden Nacional con responsabilidad en la infraestructura de transporte y a las Entidades Territorialesla, la planeación de su respectiva infraestructura de transporte, determinando las prioridades para su conservación y construcción
                    1. Para estos efectos, la Nación establecerá peajes, tarifas y tasas sobre el uso de la infraestructura nacional de transporte y los recursos provenientes de su cobro se usarán exclusivamente para ese modo de transporte.
                  2. la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional
                  3. Principios Rectores del Transporte
                    1. De la soberanía del pueblo reside exclusivamente en el pueblo
                      1. De la intervención del Estado: Corresponde al Estado la planeación, el control, la regulación y la vigilancia del transporte y de las actividades a él vinculadas.
                        1. De la libre circulación: toda persona puede circular libremente por el territorio nacional, el espacio aéreo y el mar territorial, con las limitaciones que establezca la ley el Gobierno Nacional.
                          1. Del acceso: El usuario tendra: acceso, comodidad, calidad y seguridad, e Información sobre los medios disponibles
                            1. Autoridades: Diseñen ejecuten políticas dirigidas a fomentar el uso de los medios de transporte; Asegurar acceso digno a usuarios discapacitados físicos, sensoriales y psíquicos; velarán porque su operación se funde en criterios de coordinación, planeación, descentralización y participación.
                              1. el transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad
                                1. De las rutas: El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transporte o sus organismos adscritos, establecerá las condiciones para el otorgamiento de rutas para cada modo de transporte
                                  1. De la libertad de empresa: no se podrán exigir otros requisitos que los establecidos en las normas legales y en los reglamentos respectivos. para acceder a la prestación del servicio público, las empresas, deberán estar habilitadas por el Estado.
                                    1. De los permisos o contratos de concesión: la prestación del servicio de transporte público estará sujeta a la expedición de un permiso o contrato de concesión u operación por parte de la autoridad competente.
                                      1. De los subcidios a determinados usuarios: El Gobierno Nacional, las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales y Municipales podrán establecer subsidios a favor de estudiantes, personas discapacitadas físicamente, de la tercera edad y atendidas por servicios de transporte indispensables, con tarifas fuera de su alcance económico
                                        1. Control de tránsito. Corresponde a la Policía de Transito velar por el cumplimiento del régimen normativo del tránsito y transporte,. sus funciones serán de carácter preventivo, de asistencia técnica y humana a los usuarios de las vías de carácter sancionatorio para quienes infrinjan las normas.
                                        2. Perímetros del transporte y tránsito por carretera en el territorio Colombiano
                                          1. Nacional; Departamental; Distrital y municipal
                                            1. Infraestructura del transporte
                                              1. La red nacional de carreteras
                                                1. Ríos canales navegables y puertos fluviales
                                                  1. Puertos marítimos y canales de acceso
                                                    1. Líneas férreas señalización e infraestructuras de control
                                                      1. red de ayudas, comunicaciones y meteorología del transporte aéreo, básicos para prestar los servicios de aeronavegación y la infraestructura aeroportuaria.
                                                        1. Los faros, boyas y otros elementos de señalización para el transporte marítimo
                                                          1. Los puentes construidos sobre los accesos viales en zonas de frontera
                                                            1. Los viaductos, túneles, puentes y accesos en general a las capitales de departamentos, distritos y municipios.
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