ORIGEN: EL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SURGE COMO CONSECUENCIA DEL NACIMIENTO DEL DERECHO ADMNISTRATIVO Y LA NECESIDAD DE TENER UN MEDIO DE CONTROL, PARA QUE LOS PARTICULARES PUEDAN SOMETER A UN ORGANO JURISDICCIONAL A LAS CONTROVERSIAS QUE DERIVAN DEL EJERCICIO DE LA FUNCION ADMINISTRATIVA, A TRAVES DE LAS DECISIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. ART. 7 LOPA
ELEMENTOS ESENCIALES QUE LO INTEGRAN
SUBJETIVOS
ACTOS
ADMINISTRATIVOS
INVESTIDURA
LEGITIMA DEL
TITULAR DEL
ORGANO
LA COMPTENCIA
DEL ORGANO
OBJETIVOS
SUPUESTO DE
HECHO
OBJETO
FIN
FORMALES
PROCEDIMIENTO
LA FORMA DE
MANIFESTACION
LA MOTIVACION
DEL ACTO
CONTROL JUDICIAL
Annotations:
COMO SU NOMBRE LO INDICA, ES EL QUE SE EJERCE SOBRE LA ADMINISTRACION PUBLICA O EL ESTADO, POR LOS TRIBUNALES COMPETENTES, QUIENES SON LOS ENCARGADOS DE DECLARAR CON FUERZA DE VERDAD LEGAL, LA VOLUNTAD DE LA LEY, POR TANTO, SE TRATA SIEMPRE DE UN CONTROL A POSTERIORI DE LA LEGALIDAD, QUE ENCUENTRA SU FUNDAMENTACION EN EXPRESOS DISPOSITIVOS CONSTITUCIONALES, COMO LO ESTABLECE LA C.R.B.V. EN LOS ART. 253 Y 259
PREMISA
Annotations:
LA CONDUCTA NORMAL DE LA ADMINISTRACION, ES CUMPLIR CON SU DEBER JURIDICO DE DECISION Y HACERLO ADEMAS DE MANERA OPORTUNA, YA QUE EL REQUISITO OBJETIVO BASICO PARA RECURRIR ES LA EXISTENCIA DE UN ACTO (ART. 92 Y 78 LOPA). SIN EMBARGO, ALGUNAS VECES, NO EXISTE UNA DECISION EN FORMA EXPRESA, CONFIGURANDOSE, EN CONSECUENCIA , EL SILENCIO ADMINISTRATIVO, ES LA IRRESISTIBLE INCLINACION DE LA ADMINISTRACION A NO CONTESTAR
LA DOCTRINA PREDOMINANTE SOSTIENE, EL SILENCIO ES UNA FICCION LEGAL QUE ABRE LA POSIBILIDAD DE UNA IMPUGNACION. AHORA BIEN EL SILENCIO PROCEDE TANTO EN VIA DE INSTANCIA, ES DECIR, FRENTE A PETICIONES O SIMPLES DENUNCIAS DEL ADMINISTRADO COMO EN EL AMBITO DE LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS
SILENCIO POSITIVO
Annotations:
DE LA PRETENCION INTERPUESTA POR EL INTERESADO SE DA CUANDO DESPUES DE TRANSCURRIDOS EL PLAZO PARA RESOLVER (3 MESE) SI NO HAY NOTIFICACION POR PARTE DE LA ADMINISTRACION, SE ENTENDERA ESTIMADA POR SILENCIO POSITIVO, A EXCEPCION DE LOS SUPUESTOS EN LOS QUE NORMAS CON RANGO DE LEY O NORMATIVA COMUNITARIA ESTABLEZCAN LO CONTRARIO
EL SILENCIO NEGATIVO
Annotations:
EN LOS PROCEDIMIENTOS RELATIVOS AL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICION DEL ART. 29 DE LA CONSTITUCION. AQUELLOS CUYA CONSECUENCIA SEA LA TRANSFERENCIA AL SOLICITANTE O A TERCEROS FACULTADES RELATIVAS AL DOMINIO PUBLICO O AL SERVICIO PUBLICO
PONENCIA; MAGISTRADO JOSE
MANUEL DELGADO OCANDO
Annotations:
REVISION DE LA SENTENCIA Nº 1378 S.P.A. DE EL T.S.J. DE FECHA 26/11/2002 EXP. Nº 2001-000355
SILENCIO ADMINISTRATIVO DEL
MINISTERIO DEL AMBIENTE Y
LOS RECURSOS NATURALES
Annotations:
NO SE PRONUNCIO DENTRO DE LOS 90 DIAS, QUE SE INTERPUSO EL RECURSO JERARQUICO. CONSIGNADO EL 10 DE OCTUBRE 2000; Y QUEDO ABIERTO EL LAPSO; Y SE PRONUNCIO EL 10/05/2001
EL ARTICULO 91 DE LA LOPA, El recurso de
reconsideracion, cuando deba decidir sera
el propio Ministro, asi como el recurso
jerarquico deberan ser decididos en los
noventa (90) dias siguientes a su
presentacion