DEZPLAZAMIENTO Y
SUPERPOBLACIÓN URBANA
Familias que se ven obligadas a
buscar refugio en la periferia en
procura de trabajo, vivienda,
salud, educación, etc.
ACCIONES
REALIZADAS
POR EL ESTADO
PERSONERÍA DE
BOGOTÁ
OFRECE
Recepción de declaración para incluir a
la persona en el registro de víctimas de
la Unidad para la Atención y Reparación
Integral a las Víctimas.
Orientación en la utilización de la ruta de
atención humanitaria inmediata ante Alta
Consejería para las víctimas y las demás
autoridades del Distrito.
Apoyo en el seguimiento al trámite para
incluir a las personas en el Registro
Único de Víctimas, ante la Unidad
Administrativa Especial para la Atención
y Reparación Integral a las Victimas.
Asesoría para interponer
recursos legales en los que se
decide si la persona es incluída
o no en el RUV.
Recepción de la declaración para que la persona
solicite medida de protección e ingreso al registro
único de predios y territorios abandonados
(RUPTA).
Orientación para que la personas se inscriban
en las Mesas de Participación de Victimas y
sobre trámites y rutas en el proceso de
reparación administrativa.
Asesoría Jurídica a las víctimas del conflicto
armado sobre la protección de sus Derechos,
adicionalmente, Atención en Crisis y
ludoteca.
SUPERCADE (LOCALIDAD DE
ENGATIVÁ)
Punto
de atención para víctimas del conflicto
armado, a cargo de la Alta Consejería
para los Derechos de las Víctimas, la Paz
y la Reconciliación.
OFRECE
Podrán realizar la declaración
de hechos victimizantes ante la
Personería.
Presencia de la Casa de Justicia con
su oferta de servicios la cual brinda
orientación a esta población.
Recibir ayuda humanitaria inmediata,
acompañamiento psicosocial y
orientación para la activación de
rutas de atención.
Programa de las
Naciones Unidas para
el Desarrollo PNUD
Programa de promoción y
protección de los derechos humanos el cual ha
apoyado el proceso de construcción participativa
de la política pública de DDHH, así como el
Proceso Nacional de Garantías para defensoras y
defensores de Derechos Humanos, líderes sociales
y comunales en el cual han participado 19.031
personas y 9000 organizaciones sociales de
diferentes sectores de la sociedad civil y todas las
regiones del país.
ALCANCES
Esta política pública es un instrumento útil que
le permitirá a Colombia avanzar en la
eliminación de todas las violencias, al igual
que la formulación de una agenda de
transición y construcción de paz, así como la
adopción del enfoque basado en los Derechos
humanos para todas las políticas públicas.
SECRETARÍA DISTRITAL
DE LA MUJER
CUENTA
CON
Casa Refugio en la cual las mujeres y su
sistema familiar reciben servicios de atención
integral para la reconstrucción de sus
proyectos de vida, restablecimiento de sus
derechos, fortalecimiento de sus capacidades
de resiliencia y empoderamiento, asesoría y
asistencia técnico legal, acompañamiento
psicosocial, psicopedagógico y ocupacional a
través de un equipo interdisciplinario.
EL CENTRO DE
MEMORIA HISTÓRICA
Reúne y recupera el material
documental, testimonios orales
y por cualquier otro medio
relativos a las violaciones de
que trata el artículo 147 de la
Ley de Víctimas y restitución de
Tierras.
REALIZA
Mediante diferentes
actividades museísticas,
pedagógicas la información
estará a disposición de
investigadores sobre el tema y
ciudadanos interesados en la
problemática.
LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
FUNCIONES
Fijar y adoptar políticas y
planes relacionados con la
orientación, asistencia y
asesoría de las víctimas del
conflicto armado interno.
Desarrollar los procesos y
procedimientos que garanticen la
orientación y asesoría integral a
las víctimas del conflicto armado
interno.
Hacer una formulación de
recomendaciones de política pública
que contribuyan a la realización de
los derechos de las víctimas.
Determinar los lineamentos, estrategias
metodológicas que hagan posible la
actuación de la Defensoría del Pueblo
relacionada con la atención, asistencia y
asesoría de las víctimas del conflicto
armado interno.
Apoyar el diseño de instrumentos que faciliten a la
Defensoría del pueblo ejercer su función de monitoreo y
seguimiento a la ley de víctimas especialmente a la
acción de ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión de
seguimiento y monitoreo.
El gobierno nacional a
través del MINISTERIO
DE LA SALUD Y
PROTECCIÓN SOCIAL
Programa de Atención Psicosocial
y Salud Integral a Víctimas
(PAVSIVI), el cual se implementará
a través del Plan Nacional para la
Atención y Reparación Integral a
las Víctimas, comenzando en las
zonas con mayor presencia de
víctimas.
INSTITUTO DISTRITAL DE
PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN
CIUDADANA (IDPAC)
OFRECE
Apoyo en construcción de
procesos de formación para
la participación en la
ciudad.
Asesoría y acompañamiento técnico
a las mesas locales en los espacios
territoriales de diálogo y
concertación en torno a las políticas
públicas. Apoyo a los diferentes
mecanismos de participación
ciudadana que las normas
nacionales y distritales establecen.
Articulación
interinstitucional para la
garantía de la participación
de la población víctima del
conflicto armado.
EL DEPARTAMENTO
NACIONAL DE
PLANEACIÓN (DNP)
Hace parte del Sistema Nacional de
Atención y Reparación Integral a
Víctimas (SNARIV) creado por la Ley
1448 de 2011 y en conjunto con las
diferentes entidades que lo integran
OBJETIVOS
Definir las estrategias de la política de
Gobierno nacional frente a la
prevención, protección, atención,
asistencia y reparación integral de las
víctimas.
Revisar los proyectos de inversión
presupuestal presentados por las
Entidades nacionales.
Acompañar la formulación,
implementación y seguimiento de
acciones y herramienta de política.
Proponer las modificaciones y
ajustes a la misma en caso de
ser necesario.
MINISTERIO DE TRABAJO
El Grupo Interno de Trabajo para la Reparación
Integral a las víctimas del conflicto armado tiene
como objetivo implementar la política pública
nacional la cual se orienta a reparar a las víctimas
del conflicto armado, en lo referente a la creación
de los Programas Integrales de Empleo Rural y
Urbano para las Víctimas del Conflicto Armado -
PRIEV, mediante programas y proyectos enfocados
en restituir las capacidades laborales y
productivas de las víctimas del conflicto armado,
en lo referente al desarrollo de programas de
emprendimiento.
El Ministerio de Justicia y del Derecho, la Defensoría
del Pueblo y la Unidad para las Víctimas disponen
de una UNIDAD MÓVIL que busca brindar atención
y orientación sobre los beneficios que trae la Ley
de Víctimas y Restitución de Tierras a población
víctima del conflicto armado en Colombia,
FUNCIONES
La toma de declaraciones a víctimas
para ser incluidas en el Registro
Único de Víctimas.
La orientación psicojurídica individual y
la asesoría legal para la elaboración de
recursos como acciones de tutela y
derechos de petición o de reposición.
Apoyo personalizado en temas de atención
humanitaria, programación de citas con el
fin de conocer la situación actual de los
hogares, oferta institucional, actualización
de datos y notificaciones.
ICETEX
OFRECE
Convocatorias a través del Fondo de reparación para
el acceso, permanencia y graduación en educación
superior para la población víctima del conflicto
armado interno que se encuentren incluidas en el
Registro Único de Victimas RUV o sean reconocidas
como tales en los procesos de Restitución de Tierras
o de Justicia y Paz, que estén cursando o ya estén
admitidos en una Institución de Educación Superior
reconocida por el Ministerio de Educación Nacional
para cursar programas de pregrado en el nivel
técnico profesional, tecnológico o universitario en
modalidad presencial o a distancia en Colombia.
El Decreto 2231 de 2017, expedido por el
GOBIERNO NACIONAL busca priorizar la
atención a las víctimas de desplazamiento
forzado y de esta forma facilitar su proceso
para que puedan obtener vivienda gratis que
ya se construyen en todo el país.
Política de Prevención y Atención
Integral a la Población Desplazada
Además de la expedición de la ley 387 de
1997, el Gobierno Nacional ha
desarrollado una serie de instrumentos de
política estatal para hacer frente a la
problemática del desplazamiento, los
cuales se materializan con la emisión de
varios decretos, entre ellos, el 250 de 005,
actual Plan Nacional de Atención integral a
la población Desplazada.
Para garantizar el goce efectivo de los derechos de la
población en situación de desplazamiento forzado y
dar cumplimiento a la sentencia T - 025 de 2004 y los
Autos subsiguientes de la Corte Constitucional, el
Gobierno Nacional ha adelantado acciones
tendientes a fortalecer la capacidad del Sistema
Nacional de Atención Integral a la Población
Desplazada –SNAIPD con el fin de articular e integrar
todos los esfuerzos del Estado bajo los principios de
economía, eficacia y eficiencia con miras a una
atención oportuna de la población desplazada.